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viernes 25 de mayo del 2012
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¡Libérenlos ya!, es una consigna humanitaria y no política

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Como sociedad civil, por fuera del conflicto, tenemos el derecho de, no solamente, pedir el Acuerdo Humanitario entre el Estado Colombiano y la insurrección armada, sino de exigirlo. La sociedad civil es no combatiente. No empuñamos armas ni las proveemos, no colaboramos militarmente, ni somos parte de redes de inteligencia en este conflicto armado, pero es, también, sobre nosotros que ha caído el sufrimiento, el dolor y la tragedia, producto de un combate inhumano que no se detiene ante los más elementales principios de respeto a la dignidad humana. Por eso mismo podemos y debemos exigir que el Acuerdo Humanitario incluya tanto a los miembros de la Fuerza Pública como a los civiles secuestrados en la selva colombiana.

Siendo el derecho internacional humanitario un conjunto de normas que en tiempo de guerra da garantías y protección a las personas ajenas a un conflicto armado cualquiera (bien sea porque no hagan parte de él o se hayan retirado o hayan sido detenidos bajo cualquier circunstancia o razón), se caracteriza por imponer unos límites y una proporcionalidad en estos conflictos armados, sean ellos internacionales o no. Una gran porción del DIH se encuentra consagrado en los 4 Convenios de Ginebra de 1949 y en los dos Protocolos adicionales de 1977. El artículo 3, común a todos los Convenios dice lo siguiente: "Artículo 3 - Conflictos no internacionales. En caso de conflicto armado que no sea de índole internacional y que surja en el territorio de una de las Altas Partes Contratantes, cada una de las Partes en conflicto tendrá la obligación de aplicar, como mínimo, las siguientes disposiciones: 1)Las personas que no participen directamente en las hostilidades, incluidos los miembros de las fuerzas armadas que hayan depuesto las armas y las personas puestas fuera de combate por enfermedad, herida, detención o por cualquier otra causa, serán, en todas las circunstancias, tratadas con humanidad, sin distinción alguna de índole desfavorable, basada en la raza, el color, la religión o la creencia, el sexo, el nacimiento o la fortuna o cualquier otro criterio análogo. A este respecto, se prohíben, en cualquier tiempo y lugar, por lo que atañe a las personas arriba mencionadas: a) los atentados contra la vida y la integridad corporal, especialmente el homicidio en todas sus formas, las mutilaciones, los tratos crueles, la tortura y los suplicios; b) la toma de rehenes; c) los atentados contra la dignidad personal, especialmente los tratos humillantes y degradantes; d) las condenas dictadas y las ejecuciones sin previo juicio ante un tribunal legítimamente constituido, con garantías judiciales reconocidas como indispensables por los pueblos civilizados. 2) Los heridos, los enfermos y los naúfragos serán recogidos y asistidos. Un organismo humanitario imparcial, tal como el Comité Internacional de la Cruz Roja, podrá ofrecer sus servicios a las Partes en conflicto. Además, las Partes en conflicto harán lo posible por poner en vigor, mediante acuerdos especiales, la totalidad o parte de las otras disposiciones del presente Convenio. La aplicación de las anteriores disposiciones no surtirá efectos sobre el estatuto jurídico de las Partes en conflicto".

El asunto está bien claro: Aquí no estamos debatiendo quién está del lado de quien. No estamos mirando si es político o antipolítico, si es ventajoso para los grupos subversivos o pierde puntos la Seguridad Democrática. Aquí estamos planteando una exigencia que nace de nuestro profundo respeto por la vida humana. Las fuerzas insurgentes se equivocan al vetar a la Iglesia Católica o un país como España, respetado en el contexto internacional y legitimado por sus convencimientos democráticos, con el argumento de que ellos se han puesto de lado del Gobierno colombiano. Aquí señores guerrilleros, aunque estamos fuera del conflicto armado, todos los que hacemos parte de la sociedad civil debemos respeto al Gobierno y a las instituciones del Estado colombiano por eso mismo, porque no hacemos parte de la organización subversiva, ni tenemos la obligación de respetar sus órdenes. Es lo mismo, guardadas proporciones, que les pasa a los países del mundo, diferentes a Venezuela, los cuales no reconocen el estatus de beligerancia a ningún grupo insurgente de Colombia. Pero esto último no quiere decir que la Iglesia Católica o un país como España estén deslegitimados para mediar en este conflicto. No lo están. Así las cosas, están supremamente equivocadas las Farc cuando sigue anteponiendo la supuesta conveniencia política al valor supremo del amor y el respeto a la vida. Y nosotros seguimos gritando ¡LIBÉRENLOS YA! Háganlo como quieran. Con acuerdo o unilateralmente. Sigan entregándolos a Chávez o a Fidel, no nos importa. Denle muestras al mundo de ser una guerrilla con posturas ideológicas que respetan las normas de derecho internacional y que buscan el estatus de beligerancia. ¡LIBÉRENLOS YA! no es una consigna contra las Farc, no es un grito a favor del Gobierno. Es un clamor sencillamente humanitario, amparado por el Derecho Internacional Humanitario.

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Acerca del autor

Carlos Mauricio Iriarte Barrios www.carlosmauricioiriarte.com

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