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Prólogo del libro blanco de la atención temprana

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Este artículo es el prólogo del libro blanco de atención temprana, libro del que se puede decir "obligado cumplimiento" su lectura para cualquier persona o familiar de discapacitado.

El desarrollo infantil es un proceso dinámico, sumamente complejo, que se sustenta en la evolución biológica, psicológica y social. Los primeros años de vida constituyen una etapa de la existencia especialmente crítica ya que en ella se van a configurar las habilidades perceptivas, motrices, cognitivas, lingüísticas y sociales que posibilitarán una equilibrada interacción con el mundo circundante.La Atención Temprana, desde los principios científicos sobre los que se fundamenta: Pediatría, Neurología, Psicología, Psiquiatría, Pedagogía, Fisiatría,Lingüística, etc., tiene como finalidad ofrecer a los niños con déficits o con riesgo de padecerlos un conjunto de acciones optimizadoras y compensadoras, que faciliten su adecuada maduración en todos los ámbitos y que les permita alcanzar el máximo nivel de desarrollo personal y de integración social. Transcurridas tres décadas desde que se pusieron en funcionamiento los primeros centros de Atención Temprana (antes denominados de Estimulación Precoz), es necesario contar con un referente normativo que aborde la problemática específica del sector y que establezca su adecuada planificación en todo el territorio estatal. Se constituye el Grupo de Atención Temprana (G.A.T.), con el fin de elaborar de manera consensuada el Libro Blanco de la Atención Temprana. Este documento ha de ser una referencia para las administraciones públicas, los profesionales, las asociaciones y las familias, que permita superar la descoordinación institucional y que resuelva las deficiencias organizativas y de recursos. El G.A.T. cuenta con representación de especialistas de las diversas comunidades autónomas y con el respaldo del Real Patronato de Prevención y de Atención a Personas con Minusvalía. Asimismo ha recibido el apoyo de la Confederación Española de Organizaciones a Favor de las Personas con Retraso Mental (FEAPS) y de la Fundación ONCE, entre otras entidades. Existe gran variabilidad de situaciones en materia de Atención Temprana en las comunidades autónomas, originadas por los distintos niveles de competencias transferidas desde la administración central a las administraciones autonómicas; mientras unas poseen una red de centros consolidada, otras todavía no disponen de la infraestructura básica. El mapa de recursos de la Atención Temprana debe armonizar las diferencias territoriales y los modelos de funcionamiento, estableciendo una sectorización estatal que aproveche la red de centros ya existente y creando los que sean necesarios en los lugares donde no los haya, para llegar a toda la población necesitada de este tipo de acciones preventivas y asistenciales. La delimitación de las competencias y de las responsabilidades de los diferentes estratos de la administración estatal y autonómica deben definirse y concretarse en un marco legal que establezca los límites competenciales y las directrices para la ordenación del sector. Las coordenadas marcadas en esta materia por la administración europea deben servir de referencia obligada para lograr una adecuación normativa a este nuevo contexto. Nuestra incorporación a la Unión Europea ha supuesto un impulso decisivo para los sectores económicos y productivos, así como para la sanidad y la educación.Este avance debe ser aprovechado también para impulsar la Atención Temprana y para lograr su plena homologación.Las administraciones autonómicas deben lograr un alto grado de eficacia en la planificación, en la racionalidad de la gestión y en la financiación, identificando las carencias comarcales en Atención Temprana y asumiendo la dotación de los recursos que se requieran para garantizar la respuesta más adecuada a los niños que los necesiten. También han de ser permeables a los avances científicos y a las aportaciones de quienes afrontan como profesionales, investigadores, entidades y asociaciones de padres la problemática específica de la Atención Temprana, para asimilar aquellas soluciones que mejoren los aspectos en los que todavía son deficitarias. Los fondos destinados a financiar los centros de Atención Temprana son insuficientes y urge un incremento de las dotaciones económicas que nos homologue con las partidas presupuestarias que dedican a este fin los países de nuestro entorno europeo. No debemos olvidar que muchas alteraciones del desarrollo pueden prevenirse si son tratadas a tiempo y ello supone una mejora sustancial de la calidad de vida, no sólo de quienes las han padecido, sino también del conjunto de la sociedad. Por esta,entre otras razones, la intervención temprana tiene una gran rentabilidad económica,social y personal. A lo largo del documento, se hace referencia a “interdisciplinariedad”, “globalidad”,“coordinación” y “calidad”. Todos estos conceptos no pueden llevarse a la práctica sin un seguimiento ni una coordinación de todas las entidades administrativas públicas y privadas implicadas en la atención del niño como sujeto central de las intervenciones y de su familia. No existe ninguna argumentación técnica ni de cualquier otra índole para interrumpir una intervención en función de factores tan aleatorios como la fecha de cumpleaños, las dificultades económicas familiares, el lugar de residencia o depender de un ámbito de la administración u otro. Aquellos niños que necesitan de la Atención Temprana tienen el derecho a disponer de los recursos para su tratamiento, evitando que puedan existir diferencias por haber nacido en una comunidad autónoma u otra, e incluso dentro de la misma comunidad, en zonas en las que no existen recursos de este tipo. Se trata de garantizar el principio de igualdad de oportunidades de un sector de la población especialmente indefenso y sensible a los efectos de las discapacidades, en las cuales presenta niveles de prevalencia significativos la población infantil. En el organigrama actual de la Administración Pública los ámbitos competentes en materia de Atención Temprana son: Sanidad, Servicios Sociales y Educación. Se hace necesario un sistema que regule y arbitre las relaciones entre estas tres áreas, creando un marco legislativo de carácter estatal y autonómico que establezca la coordinación y la actuación conjunta en favor de la gratuidad y universalización de los centros de Atención Temprana en todo el territorio del Estado. La organización de la Atención Temprana, por tanto, debe posibilitar:

a) La adopción de medidas encaminadas a la prevención.

B) La detección precoz de los riesgos de deficiencias.

C) La intervención como proceso tendente a conseguir el máximo desarrollo físico,mental y social.La Atención Temprana no puede ser vista exclusivamente como una vertiente de la rehabilitación, de la intervención psico-social o de la educación sino que debe formar parte de un proceso integral que tiene como fin último el desarrollo armónico de los niños integrados en su entorno. Para lograr este cometido es necesario que desde el sector se ofrezcan unos niveles satisfactorios de eficiencia y de calidad en la atención. La publicación de este volumen ha de convertirse en un referente para todos los sectores implicados en la Atención Temprana: instituciones, asociaciones, profesionales, investigadores, padres y cualquier otro que esté comprometido en garantizar una adecuada atención a este colectivo. Por tanto, ha de ser un documento para la reflexión y para el avance. Este es el punto de partida para lograr líneas de actuación que cubran las necesidades en esta materia de todos los niños del territorio español sin exclusión alguna. Obviamente la adecuada planificación del sector requiere de un compromiso político que, mediante el consenso, permita dar el paso decisivo para alcanzar una regulación legal que sirva de modelo común, que posteriormente se desarrolle y adapte a las singularidades de cada comunidad autónoma. En este sentido, es necesario crear una Comisión Estatal para la Atención Temprana o un Instituto de la Atención Temprana que promueva el desarrollo legislativo para superar esta carencia histórica. Se trata de establecer el andamiaje común sobre el que cada comunidad autónoma definirá sus normativas específicas. Desde una primera pauta reguladora genérica estatal se debe acotar el compromiso y las responsabilidades autonómicas con una orientación eficiente y pragmática.Es necesario atender los gastos que originan los diferentes sectores de la vida social y económica del país. Sin embargo, hay que resaltar la grave necesidad de financiación del sector de la Atención Temprana que todavía no posee una tradición presupuestaria y por tanto no ha consolidado suficientemente su situación financiera que dista mucho comparativamente de la que tienen otros países de nuestro entorno geográfico, siendo precisamente la Atención Temprana una de las actuaciones más rentables a largo plazo, por su eficacia, carácter preventivo y repercusión directa en la calidad de vida presente y futura de los atendidos.La sociedad y el aparato administrativo se han de flexibilizar para que al niño que presenta alguna deficiencia o que tiene riesgo de padecerla se le faciliten los recursos y los medios necesarios para la interacción niño-familia y para el desarrollo de sus capacidades. Los niños con problemas en su desarrollo son sujetos de pleno derecho de nuestra sociedad que deben estar amparados por los principios de la Declaración Universal de los Derechos del Niño. Es necesario que los organismos públicos implicados en garantizar la salud, la protección social y la educación se coordinen para dar una eficaz respuesta institucional a estos derechos, en mayor medida, cuando existen unos condicionamientos que suponen que éstos se encuentran en una situación de desprotección e inferioridad.La indefinición normativa y competencial en materia de Atención Temprana continúa dejando en tierra de nadie este sector estratégico para conseguir que la población infantil con algún retraso en su desarrollo disponga de los recursos y las atenciones oportunas para superarlo. Conviene recordar que la Constitución Española confía a los poderes públicos la garantía de los derechos y la igualdad de todos los españoles. En los artículos 27 y 49 se encomienda a éstos el desarrollo de una política de integración y atención especializada para las personas que la requieran por sus minusvalías físicas, sensoriales o psíquicas.La intervención en la población infantil susceptible de sufrir alguna limitación en suproceso de desarrollo va a ser el mejor instrumento para superar las desigualdadesindividuales que se derivan de las discapacidades. El logro de las competencias que sonpropias del proceso evolutivo va a situar a los niños en condiciones favorables paracomprender el mundo circundante y para adaptarse al entorno natural y social.Ha llegado el momento de reflexionar y de aprovechar la experiencia acumuladapara establecer las bases del futuro de la Atención Temprana. Corresponde, tras estelargo recorrido, definir los derechos y deberes de los usuarios de estos centros,establecer el perfil de los estándares organizativos y funcionales, optimizar los recursos,contrastar modelos, investigar, potenciar la prevención e introducir mejoras significativasen el tratamiento de la población infantil que lo requiera. Este Libro Blanco, fruto de undilatado y laborioso trabajo, ha de servir para encauzar esfuerzos en pos de la mejora dela Atención Temprana y de la calidad de vida de quienes más la necesita.

Rocío Figueras

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