¿Por qué optar por la mediación en tu divorcio puede ser una buena opción?
En el mundo jurídico la mediación se identifica como una negociación; un intento por parte de quienes se encuentran inmersos en cualquier litigio o disputa de solucionarla de manera más o menos amistosa, de tal forma que pueda evitarse que ésta pueda quedar “enquistada” en los Tribunales.
Si bien se trata de una alternativa poco utilizada, aspectos de la ruptura matrimonial como los efectos económicos del divorcio, la división de los bienes o la custodia y el régimen de visitas de los hijos comunes podrían ser adecuadamente resueltos por medio de la misma.
El divorcio que tiene lugar a través de la misma podría ser denominado “de mutuo acuerdo”, en contraposición con el llamado divorcio “contradictorio”, mucho más extendido y que tiene lugar cuando los desacuerdos de las partes les llevan a tener que recurrir a un Juez para la resolución de sus conflictos.
¿Cuáles son las ventajas de esta alternativa?
Lo propio de esta modalidad es que hay una persona, por lo general un único abogado, que se encarga de redactar junto con las partes un acuerdo que, posteriormente, será llevado ante el Juez para que éste lo Ratifique y le dé valor.
Es, por ello, una alternativa mucho más económica que la “contradicción”, por no ser necesario contar con dos abogados ni pasar por un prolongado proceso judicial.
Además, se trata de una opción más pacífica, que permitirá que las partes se alejen del gran desgaste físico, psicológico y emocional que puede suponer una disputa enconada ante los Tribunales.
¿Cómo se lleva a cabo en la práctica?
Normalmente esta modalidad de divorcio tiene lugar en varias fases. En un momento previo, ambas partes recibirán información y asesoramiento sobre el proceso que va a tener lugar, pudiendo formular tantas preguntas como deseen ante el profesional que va a dirigir todo el proceso: el mediador.
No es posible hablar de un número determinado o exacto de reuniones que tendrán lugar, pues ello dependerá de la complejidad de los conflictos existentes en la pareja. Cuanto mayores sean sus consensos y mejor sea su relación mutua tras su ruptura, más ágilmente podrá realizarse el proceso.
A sensu contrario, pese a que pudieran presentar cierta predisposición por esta fórmula, la misma no será posible para ciertas parejas, por existir desacuerdos de tal magnitud que sea imposible alcanzar consensos sobre temas esenciales como los mencionados con anterioridad.
En ese caso, sería preciso llevar el asunto ante los Tribunales.
La figura del Mediador
El Mediador será quien se encargue de modular las reuniones, asesorando a las partes sobre los términos establecidos en la Normativa y recogiendo por escrito todos los puntos de acuerdo que pudieran alcanzar durante las mismas.
Con todos esos acuerdos, el mediador procederá a la redacción de un Convenio Regulador, que será facilitado al Juez tras su firma por ambas partes, para que éste se encargue de su aprobación, pudiendo introducir en caso de ser preciso ciertas modificaciones, alcanzando entonces efecto de documento público.
Begoña Cuenca Alcaine
www.aa-divorcios.com
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