¿Se puede obligar legalmente a un Testigo de Jehová a ponerse sangre contra su voluntad?
CÓDIGO CIVIL FEDERAL
DISPOSICIONES PRELIMINARES
Artículo 6
"La voluntad de los particulares no puede eximir de la observancia de la ley, ni alterarla o modificarla. Sólo pueden renunciarse los derechos privados que no afecten directamente al interés público, cuando la renuncia no perjudique derechos de tercero. "
Si se revisa la legislación, así como lo que se considera en los demás artículos de esta serie, se llega a la misma conclusión que el autor siguiente;
“Cuando el paciente de manera conciente, libre y espontánea rechaza un tratamiento de quimioterapia, transfusión sanguínea o cualquiera otro, no existe ninguna ley que obligue al médico a aplicar el tratamiento o transfundir sangre en contra de la voluntad del paciente."
López de la peña, Xavier: «Por la autonomía del paciente», Gaceta Médica de México, Vol. 138, Núm. 1, (México) (2002), pp. 121-127.
Así es, no existe ninguna ley que obligue al médico a transfundir sangre.
La ley le obliga a dar “prestaciones de salud oportunas y de calidad idónea,” y a dar “atención profesional y éticamente responsable, así como trato respetuoso y digno” (Art. 48 del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica), y en la Ley General de salud (Art. 23) se asienta que; “Para los efectos de esta Ley, se entiende por servicios de salud todas aquellas acciones realizadas en beneficio del individuo y de la sociedad en general, dirigidas a proteger, promover y restaurar la salud de la persona y de la colectividad.”
La ley es clara. El médico está obligado a dar atención médica profesional de calidad, de acuerdo a la legislación, pero decir que la ley obliga a transfundir sangre es decir que el Estado se arroga el derecho de suprimir las garantías individuales y de tomar decisiones que no le corresponden (Esto sería porque el Estado estaría suplantando la decisión del médico o del paciente, según sea el caso, de decidir si se pone o no una transfusión).
Eso no ocurre en México. Vivimos en un estado de derecho.
Copyright © 2010 Alejandro Salas Lastire Reservados todos los derechos
http://gjuridicamedica.com/ESTESTIGOSDEJEHOVA.aspx
Registro automático