Reglamento EMAS III
El reglamento EMAS ( Eco-Management and Audit Scheme ) es un sistema de gestión y auditoría Medioambiental reconocido por la Unión Europea que pretende regular y mejorar el comportamiento de las organizaciones privadas y públicas en esta materia.
La Unión Europea reconoce a todas las organizaciones EMAS mediante
su logotipo, el cual garantiza la veracidad de la declaración ambiental que estas organizaciones están obligadas a ofrecer al público.
Este logotipo puede ser utilizado en sus membretes, anuncios de servicios, productos... pero no directamente sobre estos productos o sus embalajes.
Para que las empresas puedan alcanzar su propósito de obtener una mejora ambiental continua y convertirse así en una organización EMAS deben cumplir varios requisitos básicos cómo:
i. Realizar una evaluación que defina los objetivos y procedimientos con relación al medioambiente que serán adquiridos por la organización, teniendo en cuenta todos los aspectos derivados de su propia actividad. ii. Adoptar un Sistemas de Gestión Medioambiental efectivo en función de los resultados obtenidos en la evaluación previa. iii. Llevar a cabo con regularidad una auditoria Medioambiental sobre el Sistema de Gestión adoptado que confirme que se adapta a las necesidades de la política ambiental definida por la organización y que cumple con lo dispuesto en el Reglamento EMAS. iv. Registro de la declaración validada en el organismo correspondiente de cada Estado Miembro. v. Poner a disposición del público dicha declaración.VENTAJAS EMAS
De entre las muchas ventajas que llevan a las empresas a convertirse en EMAS están:
Mejora de la imagen pública: Cada vez más los consumidores exigirán con mayor responsabilidad productos que demuestren una buena conducta medioambiental. Subvenciones: en la actualidad los organismos públicos ya están concediendo ayudas y subvenciones a todas aquellas empresas que implanten EMAS. Aumento del valor de la empresa: en el caso de venta o fusión de la mepresa esta adquiere mucho más valor en el caso de que disponga de un sistema medioambiental en funcionamiento. Entrada a nuevos mercados: se prevé que en un futuro próximo los consumidores internacionales exigirán a las empresas una actuación proactiva con el medioambiente. Contratos públicos: en España existen las “licitaciones públicas”, según las administraciones y autoridades de van convirtiendo en EMAS, también exigen que sus proveedores lo sean.Nuevo Reglamento EMAS-III
Recientemente se ha publicado en el Diario Oficial de la unión Europea el REGLAMENTO (CE) No 1221/2009 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 25 de noviembre de 2009 relativo a la participación voluntaria de organizaciones en un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS).
La diferencia entre EMAS II y la actual EMAS III se puede resumir en las siguientes funciones:
Aumentar la comprensión y uso del reglamento ante en usuario . Refuerzo. Existe un aumento en cuanto a las exigencias de cumplimiento legal y a la información que se debe poner a la disposición del público. Incentivar a las empresas a que participen aumentando el atractivo para estas.SN Formacion http://www.elblogdesnformacion.com http://www.s-n.es
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