Litigando se entiende la gente
Sí, parafraseando al dicho popular "hablando se entiende la gente", parece ser que en nuestro país y en el ámbito de familia a la gente le gusta más litigar y pelear que no llegar a un acuerdo de forma amistosa y tener buena voluntad desde el inicio del proceso para que todo sea más fácil para todas las partes y evitar problemas de cara al futuro. Existen casos en los que después de largas conversaciones y duras negociaciones se consigue llegar a un mal acuerdo para reconducir el proceso contencioso a uno amistoso o para poder presentar la demanda de divorcio de mutuo acuerdo. Después este mal acuerdo nos puede llevar por el "camino de la amargura" porque los ahora ex-cónyuges querrán interpretar todas las cláusulas que no queden expresadas de una forma clara y tajante en el convenio regulador a su favor.
Es obvio, que en un proceso de separación o divorcio, además de las cuestiones relacionadas con los hijos y de ventilar los temas patrimoniales, hay en juego un conjunto de sentimientos, expectativas y necesidades que por un motivo u otro no se han podido conseguir. Es un momento doloroso en el que se tratará de buscar responsabilidades y culpables, en el que las personas se centrarán exclusivamente en lo negativo de la situación y no sabrán mirar adelante. No voy a decir que un divorcio debe ser un trago sabroso porque no es así, pero sí que es un momento en el que más allá de la rabia inicial, las personas implicadas deben realizar un ejercicio de autorresponsabilidad y averiguar qué es lo que se quiere para un futuro y cómo se quiere. Y en este paso es donde los letrados debemos intervenir ejerciendo nuestra función de una forma responsable, tratando de reconducir todos los casos que sean posibles a procesos amistosos para así evitar costes de tiempo, dinero y emocionales. Dando forma jurídica a las voluntades que nos expresen nuestros clientes y escuchando al compañero/a para poder dar cabida a las necesidades del suyo.
Sin ir más lejos, el Proyecto de Libro II del Código Civil de Catalunya, se prevé que los progenitores deban aportar un plan de parentalidad en el supuesto en el que existan hijos de menores de edad. La elaboración de este plan de parentalidad obligará a nuestros clientes a realizar una reflexión seria y profunda acerca de lo que creen mejor para sus hijos, y a nosotros, sus abogados, a un trabajo más fino y preciso para que se vean acogidas las necesidades de ambas partes y, evidentemente, se salvaguarde el interés superior del menor.
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