Cancele sus gravamenes en el Registro Publico de la Propiedad
Posiblemente usted se ha llevado la sorpresa de su vida cuando solicito algún crédito financiamiento o decidió vender un inmueble y al momento de verificar en el Registro Publico de la Propiedad (R.P.P)esta aparece gravada o hipotecada cuando usted ya pago totalmente su deuda y tiene los comprobantes de pago y su carta cancelación, supongo que su sorpresa y enojo fue mayor ya que ese crédito al que pretendía acceder era urgente.. Bueno, pues siga estos pasos para poder cancelar sus hipotecas y gravámenes, liberando su propiedad totalmente y pudiendo acceder a posibles créditos que usted o algún familiar necesite.
Primero le explico brevemente, cuando usted por ejemplo solicita un crédito hipotecario da en garantía su propiedad, lleva las escrituras de su inmueble y al firmar y protocolizar ante fedatario el contrato se procede a "gravar" o "hipotecar" su inmueble, constituyendo la garantía para su acreedor, con el paso del tiempo y con su esfuerzo usted completa el pago total de su deuda, obteniendo los recibos de pago y al final MUY IMPORTANTE su carta de cancelación de la deuda. Mucha gente piensa que con eso termina completamente todo el asunto, pero sin embargo no es así, el paso que omite la gran mayoría y que es de suma importancia es: Levar al R.P.P. esa carta de cancelación de hipoteca firmada y sellada por su acreedor para que en el R.P.P. procedan a la cancelación de su gravamen, dejando ya liberada su propiedad y su patrimonio.
Los pasos a seguir son: Primero busque sus recibos de pago y con todos completos acuda con su acreedor para que a través de la persona facultada le extiendan la carta de cancelación (si ya tiene la carta solo deberá actualizarla con fecha reciente). Posteriormente acuda al R.P.P. que pertenezca a la misma jurisdicción donde se ubica su propiedad, es decir si el inmueble gravado esta en Puebla deberá presentarse en Puebla, ya que ellos no tienen la obligación jurídica de hacerlo llegar al registro correcto. Presente su escrito con copia para que le reciban, pague el impuesto derivado de la cancelación (en la misma oficina del R.P.P. le informan la cantidad, puede ser esta en base a porcentaje o a una tarifa fija, depende de los registros de cada estado esta dedición) y le dirán el tiempo en el que esta lista la cancelación, aquí es importante darle seguimiento no se confié al tiempo que ellos le dicen, ya que el documento puede tener errores y si no acude antes a darle seguimiento perderá un tiempo valioso sui tiene usted urgencia, si existen errores pida que le señalen cuales son por escrito y con ese escrito acuda con su acreedor para que le corrijan la carta que deberá de presentar nuevamente ante el Registro.
Ya listo el trámite puede usted mismo verificar en los libros o en el sistema de cómputo del Registro o solicitar un certificado de libertad de gravamen en el mismo registró .
Con esto se evitara usted muchos dolores de cabeza y sorpresas desagradables al momento de tener una urgencia economica y verse en la necesidad de solicitar un crédito.
Por ultimo le comento que NO NECESITA del apoyo forzoso de un abogado, no gaste más dinero ya que el proceso que le expongo es sencillo y lo puede hacer usted mismo.
Espero le sea útil esta informacion: autor: www.afconsultor.com
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HOLA BUEN DIA.
YO TENGO UNA PREGUNTA RESPECTO A LA CANCELACION DE EL GRAVAMEN.
EL PROBLEMA ES QUE FUY AL REGISTRO PUBLICO PARA CHECAR QUE UNA PROPIEDAD QUE SE DECEA ARRENDAR ESTUBIERA LIBRE DE TODO GRAVAMEN Y SI EXISTEN DOS GRAVAMENES, LOS CUALES SEGUN EL PROPIETARIA DEL INMUEBLE YA ABIAN SIDO PAGADOS PERO EXTRAVIO LOS RESIVOS DEL PAGO.
QUISIERA SABER CUAL PUEDE SER EL PROCEDIMIENTO A SEGUIR EN ESTE CASO,, YA QUE UNA DE LAS FINANCIAERAS CON LAS CUALES SE TIENE UNO DE LOS GRAVAMENES YA NO EXISTE Y LA OTRA ES UN BANCO CONOSIDO.?
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