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Sociedades Anónimas en Panamá Actualización 2013

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Sociedades Anónimas en Panamá Actualización 2013

Sociedades Panameñas S.A vs Sociedades de Acciones Simplificadas 

Artículo exclusivo para Articulo.org

 

En el 2014, la positiva proliferación de los negocios en la web, hacen cada vez más atractivas las Sociedades en diferentes países, especialmente con Principios de Territorialidad Fiscal Favorable y con cuentas bancarias en divisas fuertes. 

La diversificación de negocios, hace que países con mercados pequeños como Suiza, Panamá o Cayman, tengan mejores posibilidades respecto a países con Economías a gran escala como México o países con gran cantidad de habitantes como Colombia. 

Precisamente este artículo trata sobre las relaciones entre Panamá y Colombia. Recientemente debido al Tratado de Promoción Comercial entre Panamá y Estados Unidos, Colombia y Estados y Colombia y Panamá. Las sociedades anónimas en Panamá han cobrado vigencia. Muchas empresas colombianas han mudado su sede a Panamá para efectos de aprovechar las ventajas logísticas y fiscales de la Zona Libre de Colón. 

Para ello es preciso la creación de sociedades en Panamá. Muchos profesionales y empíricos en los negocios, expertos en Sociedades Mercantiles colombianas, muchas veces se sorprenden de las diferencias con las Sociedades Anónimas en Panamá. Nuestro artículo se basará específicamente en las Sociedades de Acciones Simplificadas con respecto a las Socieades Anónimas en Panamá. 

Las Sociedades de Acciones Simplificadas o S.A.S, tienen reciente data, fueron creadas mediante la Ley 1258 de 2008, no obstante han tenido gran éxito. Se crearon básicamente para dividir las empresas que abiertas o que salen a la Bolsa de las empresas cerradas. 

Veamos las diferencias. 

1. Constitución

a. Las S.A.S se crean mediante documento privado y sólo tienen efecto cuando se inscriben un la Cámara de Comercio.  En cambio en Panamá el organismo rector para que las Sociedades tengan personalidad jurídica y efecto "erga omnes"· es el Registro Público. 

b. Las acciones suscritas en las S.A.S deben hacer mediante un contrato y tienen generalmente un reglamento, también tienen vigencia para ser pagadas. En cambio en la Sociedad Anónima de Panamá las acciones suscritas quedan implícitas y no es necesario más que el asiento contable. Además la Sociedad sigue teniendo validez aunque no emita acciones. 

c. Las S.A.S tienen por ley varios organismos. Las S.A panameñas sólo tienen la Junta Directiva y cuando emiten acciones la Asamblea General de Accionistas. Las S.A.S aparte tienen un Organismo de Administración. 

d. En las S.A panameñas, se requiere un Agente Residente y son conformadas por abogados con su debida licencia. Las S.A.S solo requieren la autenticación de un Notario y no es obligatorio un Agente Residente abogado. La razón es la naturaleza internacional de las S.A panameñas. 

e. Es necesario en las S.A.S establecer el método de administración en las S.A panameñas se deja abierto. 

f.  El capital Social en la S.A no es necesariamente pagado. En las S.A.S a pesar que no se indica, supletoriamente debe ser pagado ya que rigen las reglas de las S.A.

2. Funcionamiento

a. Las S.A.S no pueden salir a la bolsa. Las S,A de Panamá pueden salir a la Bolsa e inclusive pueden ser Sociedades de Inversión de capitales extranjeros. 

b. Las S.A.S se rigen bajo las normas tributarias de las S.A colombianas. En cambio las S.A panameñas no tienen que pagar la renta extranjera y si sus negocios se perfeccionan en el extranjero, no es obligatoria la presentación de Declaraciones de Renta. 

 

Similitudes.&a mp;a mp;n bsp;

1. Constitución 

a. Son pluripersonales ambas, toda vez que se requiere de dos personas para conformarla, sin embargo en ambas puede haber un sólo propietario. 

b. Ambas son sociedades de Capitales. 

c. Ambas tienen fines de lucro. 

d. Al momento de constituir a ambas se le piden: El nombre, El capital autorizado, La duración, El objeto Social, El domicilio. 

Funcionamiento

a. Los métodos contables son idénticos, excepto al momento de suscribir las primeras acciones y el capital autorizado de constitución.

b. Rigen las NIIF para Pymes en ambas.

c. Los accionistas solo arriegan su inversión.

Conclusión

n n n Las sociedades de Acciones Simplificada puede ofrecer acciones a un público determinado y definido así como las Sociedades Anónimas Panameñas, los criterios de salir al mercado o solicitar inversiones mediante medios masivos, puede constituir una transgresión a la norma en ambos países.

En las S.A.S el criterio del número de acciones (menor de 300) es vital limitante en las S.A.S Para mayor información puede escribir a mi email steffenleguisamo@gmail.com ó leguisamo@incorporatedoffshore.net  

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Acerca del autor

Autor: Steffen Roy Leguísamo Fernández Abogado / Asesor de Inversiones en Panamá     Pagina Web http://www.incorporatedoffshore.net

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