Las diferencias entre artículos de plata y otros con plata incorporada elaborado en la Asesoría de la Asociación Española de Joyeros Plateros y Relojeros
Los artículos de plata en España.
La diferencia entre objetos de plata, platería u orfebrería, y las láminas de plata incorporadas a un objeto.
Se ha producido un debate en España en relación a los artículos de plata y aquéllos que, normalmente procedentes de otros países del entorno europeo, o asiáticos llegan a España y tienen apariencia de plata porque están recubiertos, soldados o simplemente incorporan una lámina de plata, éstos últimos son aquéllos que en otros países reciben la denominación de "plata laminada o bilaminada" y que en España no pueden tener esta denominación porque la palabra plata se reserva, legalmente, a aquéllos artículos que realmente son de plata y no sólo incorporan una lámina de este metal precioso.
Cualquier objeto puede comercializarse siempre que quede perfectamente claro y definido lo que se vende y lo que se compra.
Los artículos que incorporan una lámina de plata sobre resina, aluminio, acero u otro material distinto a la plata y que no sea "imprescindible para su uso", conforme la normativa vigente, no son objetos de plata y, por tanto, su precio, en relación al volumen, peso y dimensión del objeto, es inferior
De tal forma, el comprador puede encontrar un artículo que incluso lleve un "contraste o marca" de 925 milésimas de plata y que, aparentemente por las dimensiones de este producto, parezca contener más plata que otro producto y, sin embargo, el precio sea inferior o parecido a éste otro.
¿Por qué puede ocurrir esto? La respuesta es sencilla, el producto más pequeño puede ser auténtica plata mientras que el más aparente o grande puede contener sólo una lámina de plata.
La expresión legal "imprescindible para su uso" implica que, por ejemplo, un marco de plata, contrastado con la ley de la aleación que acredita la marca de garantía del Estado español, precisa de un soporte lógico de madera y de un cristal. Tal objeto se comercializa como un artículo de plata. Sin embargo, está prohibido comercializar como plata el mismo marco con los elementos descritos a los que se añade otro elemento al que se sella, por cualquier mecanismo, una lámina de plata con un grosor determinado.
1 º.- Puede comercializarse cualquier objeto en el mercado siempre que no perjudique la salud y la seguridad del consumidor y cumpla con los requisitos legales que se establecen en la legislación especial y en la que resulte supletoria a la misma.
2º.- No pueden comercializarse como objetos de plata, aquellos objetos que incorporan una lámina de plata sobre una base diferente a la plata, induciendo a error.
Autor: A.E.J.P.R.
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