La necesidad de la constante formación del trabajador
Nos ocupa la Sociedad del Conocimiento en la que las tecnologías se suceden con una vertigiona velocidad. Escenario en el cual el mercado laboral demanda trabajadores polivalentes, con capacidad de adaptación contínua y sometidos a un continuo reciclaje profesional.
No pocos abogados laboralistas, testigos de primera fila de la destrucción incesante de empleo, proponen como solución que la formación profesional continua sea el eje sobre el que gire toda reforma laboral. Ello sin desprecio de una paralela reforma del sector educativo, donde la "empleabilidad," inspire el sistema.
Son quienes promueven la idea de considerar todos los contratos de trabajo como formativos, de suerte que la formación profesional sea una obligación y, a la vez, un derecho de ambas partes, y la de que toda empresa configure un "plan de formación o reciclaje," para su plantilla.
No voy a ser yo quien niegue que la formación es la mejor garantía de competitividad para trabajador y empresa, pero entiendo que tal propuesta no es aceptable en tan estrictos términos.
Debemos diferenciar la formación general, que el individuo debe procurarse a sí mismo y que le valdrá para cualquier desempeño, de lo que sería una formación específica, necesaria para a la propia empresa y que por tanto sólo es útil para ésta. En este caso, la empresa sí deberá procurar al trabajador la adquisición de esos conocimientos.
Hoy por hoy el concepto de “informática a nivel de usuario,” ha elevado sus exigencias enormemente respecto tan sólo 10 años atrás. Me parece por tanto aberrante pretender que sobre la empresa recaiga la obligación de enseñar Word a sus empleados, o la utilización del correo electrónico, dentro de la jornada laboral y como jornada laboral retribuida.
Quien postule a una oferta de trabajo no tenga estos mínimos conocimientos, desgraciadamente no merece ser considerado sino como analfabeto, y quien con el paso de los años ni siquiera haya tenido esta mínima inquietud, a mi juicio puede ser víctima de un despido totalmente procedente, ya que ninguna organización empresarial tiene por qué tolerar tal desidia y abandono.
Rafael Linares Membrilla. Abogado.
Registro automático