El sindicalismo Colombiano en el mundo actual
En todos los países del mundo se han creado normas e instituciones que regulan y coadyuvan a la equidad de la relación empleador y trabajador; pero en este artículo me enfocaré solamente en el derecho colectivo colombiano.
En Colombia el derecho colectivo ha generado normas que protege derechos de los empleados sindicalizados, como lo son:
- El derecho a la huelga
- El fuero sindical
- El derecho de asociación
Por nombrar los más representativos. Pero estos derechos han sido a mi modo de ver malentendidos por muchos (no todos) los sindicalistas de mi país.
Y porque digo malentendidos, voy a poner algunos ejemplos.
En la empresa Colombiana de Petróleos Ecopetrol, antes de convertirse en una empresa de economía mixta (para los lectores de otros países, una empresa de economía mixta en Colombia, es aquella en la que el Estado posee la mayoría, pero tiene capital privado, y por ende debe implementar procesos de empresa privada), tenía uno de los sindicatos más fuertes del país conocido como USO (Unión Sindical Obrera).
Este sindicato había logrado por medio de su derecho a la huelga, beneficios como:
- Subsidio de carne
- Subsidio de lluvia
- Subsidio de desempleo
Entre otros beneficios que hoy en día ninguna empresa puede darse el lujo de pagar.
Y con este ejemplo muchos sindicatos, de empresas públicas o privadas, habían logrado beneficios similares.
Por esto el sindicalismo fue decididamente sentenciado a la extinción por parte de los empresarios, y en contraprestación se crearon dos formas de contratación de personal, que en Colombia han afectado a los jóvenes trabajadores; los contratos de prestación de servicios (Contrato de índole Comercial) y los contratos de obra o labor (que generalmente se realizan por medio de empresas de trabajo temporal.
En ninguno de estos dos casos beneficia al trabajador, y los sindicatos de las empresas, en caso de que se encuentre constituido no pueden asociar a estos trabajadores contratados por estos sistemas.
Los gobiernos has intentado crear una serie de leyes y normas para regular este tipo de contratación en una figura que en el derecho laboral Colombiano se llama “Contrato Realidad”; que no es otra cosa que en el caso en que el trabajador pueda demostrar ante un juez los tres factores constitutivos de un contrato de trabajo (salario, prestación personal del servicio, subordinación), el contrato se convierte automáticamente en un contrato laboral a término indefinido.
Pero lastimosamente el proceso para que esto pueda darse es dispendioso, costoso y para muchos trabajadores no es posible acceder a él, también por desconocimiento de sus derechos.
Ante este panorama de lucha entre empresarios y trabajadores no se ha logrado el consenso que se requiere para mejorar las condiciones laborales en mí país, ¿cuál sería una solución que ayude a las partes?
A mi modo de ver el sindicalismo se puede convertir en el proveedor de servicios de personal de la empresa, es decir, que el mismo sindicato de la empresa provea personal de calidad, capacitado y motivado ya que velara por sus derechos laborales.
Desde este punto de vista, la comisión que cobran las empresas de servicios temporales, se retribuirá en sus mismos empleados, ya que los sindicatos son organismos sin ánimo de lucro; y el sindicato generara riqueza para que la empresa crezca y él crecer con ella.
Todos los trabajadores serían dependientes del sindicato, pero con contratos a término indefinido, el reconocimiento de todos sus derechos laborales. Y por ser el proveedor del personal propenderá al mejoramiento de los procesos internos de la empresa, optimizando la calidad de los bienes y servicios que se produzcan.
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