VIOLENCIA EN EL NOVIAZGO
el Sistema Jurídico de Puerto Rico define la violencia como “el nombre que se utiliza para describir una conducta en forma de patrón de abuso emocional, físico o sexual de parte de un integrante de la pareja contra el (la) otro(a), en los casos en que las partes no están casadas entre ellas y no conviven”. Por lo general, “el concepto de maltrato o en el noviazgo se utiliza en referencia a parejas de jóvenes, no obstante, este tipo de violencia aplica a cualquier tipo de noviazgo sin distinción de edad ni género”.
Por tanto, la violencia doméstica comparten características similares en las demostraciones de maltrato, aunque en los(as) jóvenes se distingue por disputa entre los(as) novios(as) por los padres y las madres, factores relacionados a que no viven juntos, mayor vigilancia usando el celular, computadoras y otros artefactos tecnológicos, el uso excesivo de la tecnología para ejercer poder y control en la relación, cambios de métodos, y ser posesivo(a)”.
Algunos indicadores, que son alertadores resaltar en la violencia y el maltrato físico, emocional y/o sexual contra la pareja son: el maltrato Físico, es cuando se agrede a una persona, en este caso a la pareja sentimental, ya sea de forma intencional o inconscientemente; empujar, abofetear, quemar, pellizcar; o tirar objetos, uso de armas, apretar el brazo, aruñar; halar el pelo, manotear, morder y/o estrangular.
El maltrato verbal o psicológico ocurre cuando una persona (abusador/a) manipula las emociones y la forma de actuar de otra (víctima). Sucede cuando el abusador comienza a verbalizar palabras hirientes que afectan la autoestima de la otra persona, provocando temor en él/ella. Algunos ejemplos de maltrato verbal o psicológico son: insultar, avergonzar, alejarlos de cualquier contacto con familia y amistades; amenazar con: suicidarse, divulgar secretos íntimos, etc. Ponerle sobrenombres, criticar constantemente, gritar, controlar sus acciones, perseguir; Usar artefactos de comunicación (internet, celular, texto) para controlar o humillar y provocar sentido de culpabilidad.
El Maltrato sexual en el cual el agresor (ar) utiliza el acoso sexual para obtener contacto físico e intimidad sin la víctima desearlo. Algunos ejemplos de maltrato sexual son: prohibir uso de protección para evitar enfermedades de transmisión sexual y/o embarazo;Caricias, besos y contactos no deseados; Relaciones sexuales forzosas y/o violentas y violación
Por último, el abuso digital es el uso de la tecnología como las redes sociales, textos o vídeo mensajes para acosar, intimidar o limitar la privacidad a su novio/a. Entre los ejemplos a mencionar son: robar o exigir a la pareja la contraseña de una red social o correo electrónico; Hablar mal de la pareja en su estatus de Facebook u otra red social; Decir con quién puede o no puede ser amigo/a la víctima en redes sociales; Presionar a la víctima a enviarle vídeos explícitos; Enviar constantemente mensajes de texto; Enviar mensajes insultantes a la víctima; Tomar el celular de la víctima para ver llamadas, fotos y mensajes recientes.
Según las estadísticas de la Policía de Puerto Rico (1990-2012) muestran que en el año 2007 se reportaron dieciséis (16) muertes en casos de violencia doméstica, y en el año 2011 se reportaron veintiséis (26). Esto refleja que entre el año 2007 y el 2011 aumentaron en un 84%.
Las estadísticas del “Center for Disease Control and Prevention” (CDC, por sus siglas en inglés) ha reportado que uno(a) (1) de cada once (11) adolescentes ha sido víctima de una relación de maltrato físico. “Estar en una relación disruptiva durante los años de juventud puede conllevar a prácticas no saludables. Este tipo de relación puede quebrantar el desarrollo normal emocional y contribuir a otros comportamientos nocivos. El CDC ha reportado que los(as) adolescentes que están en relaciones de maltrato son más propensos a llevar a cabo actos sexuales aventurados o riesgosos, usar drogas, ingerir bebidas alcohólicas en exceso, realizar actos que lleven al suicidio y formar parte de agresiones. Según expone el Sistema Jurídico de Puerto Rico”.
Actualmente el maltrato en los noviazgo no está tipificada en el Código Penal de Puerto Rico como un delito. Por lo cual, las herramientas disponibles para las víctimas de violencia en el noviazgo son limitadas. La mayoría de la población considera que la ley protege sólo a la víctima dentro del matrimonio o la convivencia pero no en el noviazgo y por eso no radican querellas o buscan ayuda. Existen variadas alternativas y recursos disponibles para ayudar a una persona a salir de un ciclo de violencia. “Algunas de estas herramientas de ayudas son: solicitar la orden de protección provista en la Ley Contra El Acecho de Puerto Rico (Ley 284-1999) o la Ley de Prevención e Intervención de Violencia Doméstica (Ley 54-1989). No obstante, la víctima sólo se puede acoger a la protección de la referida Ley 54 cuando existan hijos(as) de la pareja o haya prueba de relaciones sexuales”.
La doctora Monsita Nazario Lugo, consejera profesional, señala en una entrevista que “la violencia puede darse indistintamente contra el hombre o la mujer y es producto de la poca tolerancia en la sociedad. En lo que a relación de pareja respecta, la experta advierte que deben estar atentos a las señales de violencia desde el noviazgo, momento en el que es necesario sentarse y conversar sobre lo que cada uno desea en el futuro; puedan buscar la ayuda a través de terapias de parejas, ya sea para modificar conductas y seguir la relación o para terminarla.
Es por esto, que es de suma importancia educar a la población, desde jóvenes, sobre el maltrato en el noviazgo para que en un futuro no se vuelvan víctimas de un ciclo vicioso de maltrato. Para mayor alcance a documentos y redes de apoyo pueden enlazar: Las campañas del mes de Febrero: mes de prevención de violencia en el noviazgo. En coordinación con la Fundación Alto al Silencio por medio de las redes.
Centro de Ayuda a Víctimas de Violación (CAVV) - Emergencia Metro: (787) 765-2285 (en horario laborable de lunes a viernes de 8:00 AM a 5:00 PM, al (787) 474-2028 (fuera de horario laborable, 7 días a la semana) o al 1-800-981-5721. . Provee servicio de emergencia vía teléfono, consejería, referidos, asistencia legal y servicios médicos a mujeres y niñas víctimas de abuso sexual. Además ofrece, a la comunidad, educación y sirve como perito en casos legales sobre abuso sexual. Teléfonos por área: San Juan (787) 765-2412; Caguas (787) 745-0808; Arecibo (787) 817-3054; Mayagüez (787) 832-5053 Ext.121; Ponce (787) 844-0101 Ext. 307
Referencias:
Le xJuris, Puerto Rico (2015). Ley Núm. 89 del año 2015.Tipos de Violencia en el Noviazgo. (2015) Recuperado de: http://violencianoviazgo.weebly.com/tiposdeviolencia.html
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