Reflexiones acerca del plebiscito en Colombia
Reflexiones acerca del plebiscito del 2 de octubre en Colombia Mucho camino tuvimos que andar los seres humanos para poder vivir en comunidad y después de haber dado muchos «palos de ciego», finalmente concluimos que tal convivencia sólo es posible si tenemos leyes, gobernantes y jueces, por eso desde la escuela primaria nos enseñaron que, sin ser perfecto, el sistema democrático fue lo mejor que logramos inventarnos. Y en una Democracia debe existir un Poder Legislativo, encargado de hacer las leyes, un Poder Ejecutivo, encargado de hacer cumplir las leyes y, un Poder Judicial, encargado de castigar a quien no cumpla esas leyes. Y tal vez, lo más importante, EL PUEBLO DEBE CONCURRIR A LAS URNAS para elegir a quienes detentarán esos poderes. Y como premisa fundamental de cualquier Democracia se ha dicho que los particulares están en libertad de hacer todo aquello que las leyes no prohíben, mientras que los funcionarios públicos, trátese de legisladores, ejecutivos o jueces sólo pueden hacer aquello que la ley les autoriza. Así las cosas, reflexionando acerca del plebiscito convocado por el Presidente de Colombia para que el pueblo se pronunciara en relación con el Acuerdo de Paz que había firmado con las FARC. Sin ser experta en Derecho y menos en Derecho Constitucional, me atrevo a decir que el Presidente no tenía necesidad de recurrir a ningún plebiscito que refrendara tal acuerdo y me explico: El artículo 189 de la Constitución Política enumera las funciones del Presidente de la República, pero en ninguno de esos 28 numerales lo autoriza, expresamente, a firmar ninguna clase de acuerdo con grupos nacionales al margen de la ley, pero creo que esa función puede caber en el numeral 4 que habla de «conservar en todo el territorio el orden público y restablecerlo donde fuere turbado». No dice cómo «conservar» o «restablecer» el orden público, así que bien puede ser firmando un acuerdo de paz con grupos armados al margen de la ley. Pero, por la razón que fuera, convocó a la ciudadanía para que se pronunciara acerca de dicho acuerdo de paz, caso en el cual debió ajustarse a lo estipulado por la Ley 134 del 31 de mayo de 1994 sobre mecanismos de participación ciudadana, sin olvidar lo que al respecto señaló la Corte Constitucional en la sentencia C-180 de 1994, esto es que un plebiscito debe satisfacer los requisitos del art. 104 de la Constitución: a) Firma de todos los Ministros; b) Concepto previo y favorable del Senado; c) Que esa consulta no podrá realizarse en concurrencia con otra elección; y que, d) La decisión del pueblo es obligatoria. A propósito del plebiscito se dijo en Colombia que «Los que votaron NO son unos bobos que se dejaron lavar el cerebro» y «Y ahora qué van a hacer con este país los que votaron que NO». Es posible que los que votaron que NO sean bobos, pero lo que no se puede negar es que son valientes, porque se necesita ser muy valiente para votar que NO, después de que el mismo Presidente de Colombia, amenazara diciendo que si ganaba el NO, al día siguiente las FARC empezarían a atacar todas las ciudades. Y en cuanto a que van a hacer con el país, la respuesta es que NADA, porque desde hace miles de años depositamos en el ESTADO todas las facultades de gobierno, así que la pregunta es más bien «¿Qué va a hacer el Estado Colombiano?». Y, finalmente, ¿Por qué satanizar a quienes votaron que NO, en lugar de satanizar al 60% de los colombianos que se quedaron en la casa, en lugar de ir a votar que SI?.
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