La igualdad en el ambito laboral
Tras la creación del Instituto de la Mujer en 1983 la igualdad entre mujeres y hombres comenzó a ser un objetivo institucional.
Una de las primeras tareas que se ha desempeñado ha sido dar a conocer a toda la sociedad española las desigualdades entre hombre y mujeres.
A partir de aquí se empiezan a tomar las medidas necesarias para generar cambios en la vida social, política y cultural de las mujeres buscando eliminar los aspectos que las diferencian de los hombres a estos niveles.
A día de hoy las mujeres tienen garantizados derechos que en el pasado no les correspondían, como por ejemplo el acceso a la educación. En este sentido, el nivel educativo de las mujeres ha mejorado de forma muy notoria a pesar de que esto no se ve reflejado en su participación laboral, condiciones de trabajo, acceso a puestos de responsabilidad….
Para solucionar esta desigualdad laboral a pesar de la existencia de una igualdad legal hasta ahora no llevada a la práctica, los poderes públicos ponen en marcha la LEY ORGÁNICA 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (LOIEMH ).
Esta Ley establece la obligación que tienen las empresas de respetar la igualdad laboral entre mujeres y hombres adoptando las medidas necesarias para evitar cualquier tipo de discriminación laboral.
Una de estas medidas es la elaboración por parte de las empresas de un Plan de Igualdad:
“… un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo” (Art. 46 Ley Orgánica 3/2007).
Las empresas obligadas a realizar estos Planes de igualdad con las que disponen de más de doscientos cincuenta trabajadores y aquellas cuyo convenio colectivo así lo establezcan.
La elaboración e implantación de planes de igualdad será voluntaria para las demás empresas, previa consulta a la representación legal de los trabajadores y trabajadoras. Estas empresas, a día de hoy, están incentivadas y tienen subvencionada la elaboración y aplicación de un Plan de Igualdad.
Un plan de igualdad se compone de una serie de medidas adoptadas por la empresa tras realizar un análisis de la situación de la empresa.
Tras la realización de este plan debe implantase en la empresa y finalmente realizar una evaluación final.
La evaluación tiene los como objetivo conocer el grado de cumplimiento de los objetivos del Plan , analizar el desarrollo del Proceso del Plan, reflexión sobre la continuidad de las acciones, identificar nuevas necesidades para lograr la igualdad de oportunidades en la empresa.
Para lograr la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y eliminar la discriminación por razón de sexo en la empresa, los planes de igualdad, que incluirán la totalidad de una empresa, puedes incluir entre otros temas el acceso al empleo, promoción y formación, retribuciones, ordenación del tiempo de trabajo… para favorecer, en términos de igualdad entre mujeres y hombres, la conciliación laboral, personal y familiar, y la prevención del acoso sexual y del acoso por razón de sexo.
La Ley Orgánica 3/2007 garantiza el acceso de la representación legal de los trabajadores y trabajadoras o, en su defecto, de los propios trabajadores y trabajadoras, a la información sobre el contenido de los planes de igualdad y la consecución de sus objetivos.
La implantación de un Plan de Igualdad resulta beneficiosa para la empresa, entre otras cosas, mejora la reputación e imagen externa, aumenta la productividad con una optimización de los Recursos Humanos y mejora el funcionamiento y la gestión empresarial obteniendo cómo resultado un mejor clima de trabajo.
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