La facultad de corrección de los hijos a favor de los padres, ¿Hasta dónde puede llegar?
Uno de los elementos relativos a la patria potestad y la tutela que mayor debate viene generando en los últimos tiempos es la facultad a favor de los padres de corregir de forma moderada a sus hijos, en el marco de su función educadora y de formación.
Dicha posibilidad viene recogida en nuestro Código Civil, donde se expresa con claridad que la misma debe venir ejercida dentro de unos términos moderados y razonables en función de la actuación llevada a cabo por el menor.
Dada la parquedad de esta regulación se plantean amplias dudas en relación con el alcance y los límites de dicha facultad, de tal forma que podría llegar a suceder en ciertos casos que se planteara como maltrato una actuación que simplemente tenía por objeto la propia educación del niño. Es clave, por ello, la actuación interpretativa desarrollada por Jueces y tribunales si el caso terminara llegando a sus manos.
Imaginémonos, por ejemplo, el caso en que una madre pega una bofetada a su hijo desobediente y que rechaza reiteradamente hacer sus tareas, con tan mala suerte de que el pequeño perdiera el equilibrio y cayera al suelo, sufriendo un hematoma.
Lo que podría haber quedado en una mera riña doméstica podría terminar ante los Tribunales por un posible delito o falta de malos tratos.
La educación actual de nuestros hijos
Afortunadamente quedaron atrás aquellos tiempos en los que los pequeños podían sufrir considerables abusos a manos de sus padres, o incluso de sus profesores y maestros, con total impunidad. Sin embargo, éstos en que nos movemos en la actualidad pasan en muchos casos por asumir que los niños, por su inmadurez, son irresponsables ante cualquier acción que pudieran cometer.
En efecto, muchos padres y educadores sufren un temor patológico a ejercer cualquier tipo de autoridad sobre los niños, creyendo que con ello podrían lastrar su educación y crecimiento.
Sin embargo, los estudios psicológicos y profesionales van en otra dirección. Se ha venido probando que aquellos niños cuyos padres ejercen debidamente su autoridad, de forma correcta y dentro de sus razonables límites, crecen siendo más felices y siendo mayor su motivación, llegando a ser adultos sanos y capaces de enfrentarse al día a día.
Es por eso que la educación tiene como uno de sus principales elementos la posibilidad de corrección a los pequeños. Éstos deben ser conscientes de las posibles consecuencias negativas de sus actuaciones erróneas. Es en su propio beneficio.
No obstante, dicho esto, hay que afirmar también que todo castigo debe ser proporcionado a la falta cometida por el menor. Así, no sería lo mismo una bofetada o un “cachete” que otros actos tales como zarandeos, golpetazos o patadas. Sería en estos últimos supuestos cuando, en efecto, podría hablarse de casos de maltrato doméstico de los que podrían derivarse consecuencias penales para el progenitor que los llevara a cabo, especialmente si los mismos tuvieran lugar de forma reiterada.
Begoña Cuenca Alcaine
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