Agilizar el concurso de acreedores: una necesidad imperiosa
En tiempos de crisis el servicio público de la Justicia está llamado a asumir un papel de vital importancia. A él acude una pluralidad de agentes buscando que corrija buen número de injusticias y restaure no pocos derechos.
Sin embargo pronto verán defraudadas todas sus expectativas. Y es que en situaciones difíciles, la Administración de Justicia funciona francamente mal. Incluso los profesionales que con ella interactuamos en no pocas ocasiones nos vemos tentados de dejarnos contagiar por la desidia. Riesgo que todos corremos, desde abogados a jueces, pasando por procuradores, fiscales o secretarios, entre otros.
Y es que todos sabemos que una gran parte de la solución a nuestros problemas, pasa por una mayor eficiencia de los tribunales patrios.
Ya lo decía el vicepresidente del Consejo General del Poder Judicial, Fernando de Rosa, el pasado 16 de mayo: una justicia más ágil puede marcar la diferencia entre la quiebra de una empresa y el despido de sus trabajadores o su supervivencia.
Considera necesario que se nombren más plazas de jueces y se doten de a las jurisdicciones mercantil, civil y social, donde se resuelven muchos de los asuntos provocados por la crisis económica. Advierte que la pronta resolución de un asunto puede suponer la diferencia entre la supervivencia de una empresa o su quiebra.
A su juicio, es necesario crear más plazas de jueces en esas áreas y dotarles de medios para "contribuir a la salida de la crisis" porque "cuando un concurso de acreedores tarda un año en resolverse la empresa se ve abocada al cierre y los trabajadores en la calle", algo que no ocurriría en muchos casos si se resolviera en un mes.
En mi modesta opinión, simplemente con que se admitiera a trámite en ese mes sería algo muy positivo, y no en cinco o seis, como ocurre en más de un caso y más de dos.
El problema temporal no es baladí. Ciertamente es muy difícil explicar a un empresario sufridor de terribles impagos, que la simple petición inicial de un procedimiento monitorio puede no tener lugar hasta cuatro meses después.
Evidentemente, transcurrido ese tiempo, pocos bienes susceptibles de embargo permanecerán en el haber del deudor, por lo que las posibilidades de recobro se esfuminaron con las dilaciones.
En sede judicial, mi impresión, aunque sólo sea eso, es que los funcionarios han respondido al famoso recorte del cinco por ciento con bajas médicas de 2 ó 3 días. Mitad pataleta, mitad ajuste de cuentas.
Conducta del todo injustificable, si bien cuenta con el sustento que los simples gestores procesales perciben cómo se puede mejorar mucho la eficiencia antes de adoptar tan polémica medida.
Hoy anunciaban una nueva aspiración de nuestro iluminado presidente: obligará a las empresas a dotar un fondo para despidos. ¿No es más fácil crear los juzgados de lo Social necesarios para que un procedimiento por despido pueda ventilarse en dos meses a lo sumo? ¿Han calculado cuánto se ahorraría en salarios de tramitación? Sería seguro más rentable que la sangría incesante a la que se ve sometida el Fondo de Garantía Salarial.
Rafael Linares Membrilla. Abogado.
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