La reforma y adaptación de la legislación mercantil a la nueva normativa contable (1ª parte)
Introducción
La Ley 16/2007, de 4 de julio, de reforma y adaptación de la legislación mercantil en materia contable para su armonización internacional con base en la normativa de la Unión Europea (la “Ley 16/2007”), supuso importantes modificaciones de fondo en la normativa contable. Dichas modificaciones se han concretado muy recientemente con las aprobaciones del nuevo Plan General Contable, mediante el Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General Contable (el “RD 1514/2007”) y del Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas, mediante el Real Decreto 1515/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas y los criterios contables específicos para microempresas (el “RD 1515/2007”).
El presente artículo se centra en la exposición de los cambios que ha supuesto la nueva normativa en el ámbito de la legislación mercantil, particularmente en relación con los siguientes puntos:
(i) La nueva terminología contable en la legislación mercantil; el patrimonio neto;
(ii) La aprobación de las Cuentas Anuales; los nuevos documentos contables que forman parte de las Cuentas Anuales y los nuevos criterios para la presentación de Cuentas Anuales abreviadas; y
(iii) La aplicación del resultado del ejercicio; cuándo se pueden repartir los dividendos y la reserva indisponible equivalente al fondo de comercio.
Antes de proceder con la exposición de los puntos anteriores, conviene advertir que la nueva normativa será de aplicación a las cuentas correspondientes al ejercicio 2008, por lo que las cuentas anuales de este ejercicio 2007 serán formuladas y aprobados conforme a la normativa anterior.
La nueva terminología contable en la legislación mercantilLa Ley 16/2007 sustituye los términos “pasivo” y “patrimonio” utilizados en el Código de Comercio, en el Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas aprobado por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre (la “LSA”) y en la Ley 2/1995, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada (la “LSRL”), por “patrimonio neto”.
Dicha sustitución de términos está directamente relacionada con las modificaciones en la normativa contable y, en particular, con la nueva estructura del balance. El patrimonio neto está compuesto por los siguientes elementos:
(i)
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