¿Qué hacer en caso de sufrir un accidente de tráfico?
Lo primero y fundamental que tenemos que hacer es avisar al 112 emergencias, solicitaremos la presencia de un agente de la autoridad que es quien llevará a cabo el atestado del accidente y lo trasladará al juzgado. El plazo para interponer una denuncia vía penal es de seis meses. Conserve el parte de urgencias que haya emitido el facultativo que atienda a las víctimas. Para la retirada del vehículo y la atención urgente, puede recurrir a su seguro de Asistencia en Viaje. Recopile también todas las pruebas que sea posible: fotos, datos de testigos, justificantes de gastos...
Recoja el nombre y dirección de los otros conductores implicados (le recomendamos que rellene el parte amistoso, pero sin cumplimentar las casillas de la descripción del accidente).
De parte a su aseguradora. Hágalo preferiblemente antes de que pasen 7 días desde el siniestro. Su compañía trasladará el parte a la aseguradora del otro coche y aportará la documentación que considere necesaria para determinar quién fue el responsable del accidente. Conserve los sucesivos partes de baja y de alta para poder justificar los días de incapacidad y demostrar su derecho a las indemnizaciones.
Cuando estén determinadas las secuelas definitivas (normalmente al alta) la aseguradora del responsable le hará una oferta de indemnización. Puede aceptarla sin más o tratar de confirmarla acudiendo a un especialista en valoración de daños corporales (si su seguro tiene cobertura de reclamación de daños, se harán cargo del peritaje).
Si no le parece adecuada la indemnización negocie con la compañía. Tal vez pueda hacerlo el especialista en su nombre, o puede que le interese contratar para ello a un abogado especializado. Si no llegan a un acuerdo y la cuantía lo merece, puede presentar una demanda por vía civil (los costes del proceso pueden estar cubiertos por la reclamación de daños del automóvil, una póliza de defensa jurídica).
Si no quiere ir a juicio, le queda la posibilidad de hacer una reclamación ordinaria acudiendo al Defensor del Asegurado de la compañía o solicitar a la aseguradora que se someta al arbitraje.
La víctima de un accidente tiene derecho a ser indemnizada por los daños personales sufridos, ya sea la incapacidad permanente provocada por las secuelas, por la que se indemniza directamente a la víctima, o su falleciemiento, por el que se indemniza a sus familiares. También los días que esté de baja dan derecho a indemnizaciones.
Las cantidades que se pueden percibir como indemnización son muy variables, pues dependen de muchos factores: la gravedad de la lesión, las circunstancias personales y familiares de la víctima, sus ingresos... El sistema de valoración de daños físicos y estéticos tras accidentes de tráfico, recogido en la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en la circulación de vehículos a motor, se emplea muchas veces también para establecer las indemnizaciones por lesiones producidas por cualquier otra causa.
Los días que la víctima está de baja por los daños acaecidos en el accidente también dan derecho a una indemnización. A efectos de la baja se distingue entre días de baja hospitalaria, y días de baja no hospitalaria. Dentro de estos, hay que distinguir días de baja impeditiva (cuando no se puede desarrollar la actividad habitual) y no impeditiva. Por unos y otros se percibe una cuantía diferente. Si usted quiere saber lo que le corresponde percibir por los días de baja, puede hacerlo usando la aplicación.
Los daños causados por un accidente pueden dejar secuelas físicas y estéticas en la víctima. Ésta tiene derecho a ser indemnizada por ellas.
Normalmente tras un accidente, una vez se hayan valorado las secuelas definitivas con el informe médico, la aseguradora del vehículo culpable le ofrecerá una indemnización. La cuantía de las indemnizaciones por daños físicos y estéticos se establecen a partir de un baremo, publicado en el Real Decreto Legislativo 8/2004. Este incluye varias tablas, donde se recogen los puntos (normalmente una banda) que corresponden a cada daño. Es el médico quien determina la gravedad de las secuelas de la víctima, sin tener en cuenta su edad o sexo.
Cada punto tiene un valor en euros, establecido oficialmente. Este valor se actualiza con el IPC del año anterior, y se publica en el Boletín Oficial del Estado: aquí puede ver la actualización del 2010. El valor de cada punto es muy diferente en cada caso, pues este sí depende de la edad de la víctima (cuanto mayor sea, menos vale cada punto) y del número de puntos acumulados (si hay muchos puntos, hay más secuelas, lo que es más incapacitante, y por eso los puntos incrementan su valor).
Como conclusión, para obtener indemnizaciones por accidentes de tráfico, reincidir en la necesidad de conservar el parte de urgencias, así como ponerse en contacto con un agente de la autoridad, el cual nos asegurará un procedimiento correcto a la hora de realizar los partes y la denuncia en caso de necesitarse. Es importante mantener la calma todo lo posible, los nervios y las discusiones entre implicados solo agravan el problema.
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