Reglamento
PRESENTACION:
Nuestra parroquia “Cristo Rey”, ubicada en la urbanización Santa Beatriz, del Cercado de Lima, cuenta con la participación de diversos grupos corles, de animación en las misas dominicales y actividades diversas dentro del trabajo pastoral.
Nuestro párroco: Padre Luis Elordi CP. En su afán de ver todos estos grupos trabajar de una manera coordinada y en comunión, propuso ante el Consejo Parroquial la creación de un único “Ministerio de Canto y animación”, en las misas y actividades parroquiales, que estaría representado por una sola persona, encargada de coordinar la unidad de dicho grupo. El Consejo Parroquial, compuesto de 7 personas incluyendo a nuestro párroco, estuvo de acuerdo con la propuesta y seguidamente se nombró a la persona que por espacio de un año debe emprender esta misión, y se eligió a un miembro perteneciente a uno de los grupos.
La necesidad de establecer un orden de trabajo para esta misión, obliga de manera inevitable la creación de un reglamento general para todos los grupos en mención, el cual debe ser acatado al pie de la letra, si es que se quiere pertenecer a dichos grupos.
CAPITULO UNO
Del representante general.
1.1.- Actitudes, obligaciones y responsabilidades:
El representante general, debe tener disponibilidad de tiempo necesario para dicha labor pastoral – su comportamiento debe ser coherente con su testimonio de vida – su actitud principal debe ser como la de San Pablo (“No soy yo quien vive, sino es Cristo que vive en mi”) – para que se destierre todo afán de personalismo y protagonismo – así mismo debe encarnar el Evangelio en su vida (“Padre, que sean uno, como Tú y yo lo somos”) – buscar siempre la unidad entre todos los miembros de los grupos.
El representante general, tiene la obligación de informar a los diferentes grupos corales, todas las decisiones que se tomen en el Equipo de Coordinación Parroquial (E.C.P.) como también la de recoger las inquietudes y sugerencias de cada uno de los miembros de dichos grupos, esto implica escuchar a cada uno de ellos.
El representante general es responsable del comportamiento en general de cada integrante de los grupos corales y por ende tiene la potestad de separar o integrar a los miembros de estos, previa consulta al Consejo Parroquial (C.P.)
1.2.- Del suplente:
El representante general debe contar con un suplente, para las reuniones quincenales del E.C. P., y podrá tomar decisiones en ausencia del titular. Este suplente es designado por el titular, ya que debe ser de su total confianza.
CAPITULO II
De los grupos corales.
2.1.- De su formación:
Cada participante individualmente debe leer este reglamento y aceptarlo libremente, ya que es requisito indispensable para la pertenencia al grupo que eligió, y al conjunto de estos, pero a su vez cada grupo, puede tener sus normas internas, sin chocar, ni caer en contradicción con este Reglamento General.
Cada grupo contará con un representante, un director musical y un tesorero.
El representante.- Es la persona que guía al grupo que le toca representar y trasmite al representante general, las inquietudes, y recibe de este a su vez, toda la información del E.C.P.
El director musical.- Debe tener un amplio conocimiento de los tiempos litúrgicos, para la interpretación de los cantos en su debido momento, en caso contrario, podrá tener la asesoría de otra persona y no necesariamente del grupo.
El tesorero.- Cada grupo, cuenta con un fondo económico de dinero, producto de la recaudación de donaciones o por contratos para animar misas particulares fuera o dentro de nuestra parroquia, y el tesorero es la persona encargada de custodiar estos fondos.
Los fondos económicos, son usados a criterio de cada grupo, para cubrir sus necesidades básicas: (cancioneros, uniformes, útiles de escritorio, etc.)
Ya que el servicio pastoral de los grupos en mención es exclusivo para la parroquia, y por voluntad propia; queda terminantemente prohibido, servirse de este ministerio, para fines particulares o personales. Los integrantes que incurran en esta falta, serán separados automáticamente.
2.2.- De su participación:
Nuestra parroquia (como todas), a lo largo del Calendario Litúrgico, celebra misas principales en los tiempos fuertes de dicho Calendario. Es de necesidad comunitaria, que todos los grupos corales se integren en uno solo para dichas fechas, bajo la coordinación del representante general.
Esta forma de comportamiento, será básica, para determinar la voluntad de integración de cada miembro de los grupos.
La participación de los grupos será como mínimo del 50 % de sus integrantes, y tendrán que asistir a todos los ensayos musicales requeridos por el director musical, designado para dichas fechas.
Las reglas básicas, que se tienen que ajustar a todas las normas internas, de los grupos son las siguientes:
- Licencias no mayor de 3 meses, justificadas por trabajo, estudio, enfermedad.
- Permisos, sólo para 2 fechas consecutivas, en las misas dominicales.
- Ensayos, una vez a la semana.
- Control de asistencia.
Los integrantes que no informen o soliciten este tipo de licencias y permisos, e incurran en ellos, se le considerara como separados de los grupos, y podrá reingresar previa evaluación del representante general, con la asesoría del C.P. en caso necesario.
ANEXO
Los diferentes coros serán “coros parroquiales” en la medida que se sientan de la parroquia, y no de las personas que los dirigen. Por este motivo, las personas que dirijan musicalmente y representen dichos coros, no podrán ser propietarios de los mismos; deberán ser más bien guía en la formación musical y espiritual de los integrantes de los grupos que les toque guíar
Los grupos corles que no participen en 2 fechas principales consecutivamente, serán considerados fuera de este “Ministerio de canto y animación” y no tendrán participación en el E.C.P. ya que el representante general no podrá representarlos.
De persistir esta actitud el C.P. podrá determinar si seguirán utilizando los salones parroquiales, para sus actividades, y su participación en las misas dominicales.
Nuestra Iglesia Católica, no impone nada, todo se propone, y se acepta libremente; la disciplina en este caso, es necesaria para el desarrollo de este maravilloso trabajo pastoral, y también deber ser aceptada libremente.
Que el amor que sentimos por Jesús nuestro Señor, no ilumine, fortalezca y anime en esta gran misión y trabajo pastoral.
Andrés Arbulú Martínez. Miembro del Consejo Pastoral.
Andrés Arbulú Martínez
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