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Cómo patentar una marca.

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Si crees que tienes una buena idea, y es original, no la compartas con nadie. Patentar una marca nos puede dar muchos beneficios.

Una empresa siempre correrá el peligro de que otra de la competencia le copie una nueva idea, un diseño, o un producto y se beneficie de ella. Por ello, es importante asegurase de que poseemos su exclusividad, y de que nadie más podrá explotarla. Para ello, debemos patentar una marca.

Así, si alguna empresa quisiera hacerle competencia, debería buscar una idea original que se aleje lo suficiente de la suya para no cometer plagio, por lo que lo tendrían bastante difícil.

Además, en el mercado se asociará ese tipo de producto o marca a la empresa que posee la patente, por lo que estará perfectamente posicionada en la mente de los consumidores, tanto actuales como potenciales.

Pero, ¿cómo patentar nuestra marca?

Para registrar un producto, idea, o marca, deberemos acudir al Organismo Español de Patentes y Marcas (OEPM), un registro donde están recogidas todas las patentes que existen actualmente en España, y donde podremos asegurarnos de que esté o no disponible la patente que queremos registrar o si, por el contrario, ya existe bajo el dominio de otra empresa.

Según la OEPM, para que una idea, producto, diseño, o marca en general, sea patentable, debe cumplir que:

- Sea novedosa y sin previa divulgación.

- Se le distinga por una actividad inventiva no obvia a un experto en la correspondiente tecnología.

- Sea susceptible de aplicación industrial. Es decir, que sea físicamente posible de fabricar.

Una vez que nos alejemos de lo estrictamente industrial, lo patentable o no patentable empieza a ser ambiguo, y de diferente regulación según el país en el que nos encontremos.

Así, por ejemplo, un programa informático se puede proteger con derechos de autor, pero no mediante una patente. Por otro lado, en Estados Unidos, por ejemplo, podremos patentar un modelo de negocio, no siendo factible esto en Europa, por lo que, antes de plantearnos registrar una patente, deberemos asegurarnos de que se cumplen los requisitos establecidos según el país en el que operemos.

Una vez que nos aseguremos de que nuestra patente es viable y que no hemos infringido la Ley de Marcas, y de que se puede patentar, tendremos que ver en qué clase incluiremos la nuestra. El OEPM sigue la Clasificación Internacional de Niza de productos y servicios, en la cual encontraremos un total de 45 clases de marcas. En cada una se especifican los tipos de productos o servicios que en ellas van incluidos, por lo que deberemos observar con detenimiento cada una, y escoger la más adecuada para nuestra marca. Este paso es importante, ya que no hacer una buena clasificación de la patente de nuestra marca, podría ser aprovechado por empresas de la competencia para registrar productos similares en otras categorías, sin infringir así la Ley de Marcas.

Una vez tomada la decisión de patentar nuestra marca, deberemos solicitar todos los documentos necesarios para hacerlo, y comenzar un proceso en el que, además, se examinarán por parte de la OEPM nuestro producto o idea, para comprobar que, efectivamente, es una idea registrable, que no está registrada por otra empresa anteriormente y que, efectivamente, es original y patentable.

Como vemos, no es un procedimiento sencillo, y no todas las ideas que nos planteemos patentar, será factible hacerlo, principalmente porque no sean originales. Pero, si creemos que sí lo son, y al acudir al OEPM comprobamos que sí es posible patentar nuestra marca, deberemos hacerlo, porque las ventajas que esto nos dará de cara al mercado y a la competencia serán muchas, y habremos logrado algo realmente difícil: crear un producto, idea, o marca única y original en el mercado.

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