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martes 30 de abril del 2024
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Contenido y continente en la comunicación

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La política comunicacional de la FM – por su alcance tecnológicamente acotado a “lo local” - debe tener como objeto los sucesos vinculándolos al Municipio y a estos con el mundo, de forma tal que el acontecimiento local y los sucesos en el mundo se expliquen de diversa manera en un único discurso, ligándolos..- Y, también a la inversa, presentar los sucesos locales solo como eso, es reducir la dimensión de los hechos y las actividades de las personas a una dimensión ajena a una totalidad; la de la vida. La radiodifusión hoy en el mundo es más que un medio, es parte de un sistema neuronal .

Se está concibiendo a las redes integradas tangibles o intangibles, como un sistema nervioso-electrónico totalizador, con el cual se interactúa desde la inteligencia humana y la artificial, con el resultado de que el sistema nervioso y el sistema inteligente se modifican y / o crecen. La radiodifusión FM es parte de éste sistema nervioso híbrido.-

En mi opinión, la noticia “local” cobra más relevancia con el comentario que la vincula con similares hechos que se pretenden como asuntos de las políticas exteriores sus actores y su escenario; por ejemplo, la naturaleza del cambio hoy :

El aumento del cambio – la aceleración – es también un desafío o la erosión de la certeza, porque crea en las personas inseguridad respecto a la personal elaboración de sus futuros desde el núcleo doméstico o individual.

Se instala por eso, en las personas, una mayor inseguridad a medida que aumenta la velocidad del cambio, lo que no ocurre en quienes no se percatan de la aceleración de los hechos, productos o acontecimientos o de su naturaleza.- La naturaleza de los cambios también esta teñida de la aceleración en “su” causa.-

Ver solo los cambios sin poder medir y evaluar la aceleración en la causa es errar en el análisis; lo que equivale a una dramática situación en que – luego se verifica, ex post facto - se distraen erróneamente recursos de todo tipo con perdida a futuro de control social; control, en el sentido no policial, sino preventivo en la construcción de un tejido social más apto a generar respuestas a las necesidades de las personas.-

Es decir, la previsibilidad de otra forma, en otra dimensión divorciada del futuro, no será tal. Si, es violencia. Fáctica, o moral, o ética o laboral, - inclusive la ausencia de previsibilidad es hoy hábil para ser comprendida como corrupción - es también inestabilidad psíquica-emocional y enfermedad en el cuerpo social de la nación.- La imprevisión hoy es jurídicamente injusta.-

Equivocar el diagnóstico, la dirección del cambio y el ritmo del cambio es posible pero, quizás ya no reversible porque la aceleración del cambio no se detiene en su modificación de los escenarios.-

La AM tiene la posibilidad de una escala de construcción “nacional”, en la FM su alcance puede estar dado por lo que es topologicamente el Municipio pero sus contenidos deben tener naturaleza internacional. Así lo impone la realidad sociológica de hoy.-

Lo contrario es subordinar el medio a su alcance radio eléctrico – es como intentar una reflexión limitada topologicamente por imposición de la naturaleza de las emisiones por modulación de frecuencia- , cuando en su cobertura – que es tridimensional en un hiper espacio – existen las personas que necesitan de una visión mas extensa e intensa de la realidad aunque se trate de “vecinos” u oyentes “locales”.- Esa realidad necesaria de ser percibida y descripta con fuerza y veracidad no es producto de una situación local, es producto de una gama más ecuménica.-

Los proyectos personales se imbrican como comunes a otros y producen los acontecimientos locales, y tambien tributan respecto de los internacionales, transnacionales y transinstitucionales e inciden en una doble dirección y simultaneidad en la realimentación de las percepciones.- Y, esas percepciones influyen en los hechos que abordan las personas. Sean éstos personales o no.-

Hace unas semanas un profesional responsable de un sitio dedicado a los municipios me comento que ellos llevaban la noticia desde “abajo”. Yo considero que esta apreciación – que en realidad conlleva la idea de que las noticias así descriptas son más “genuinas”, es un error – Lo genuino, en materia de International Warfare – WI – es una necesaria vinculación de lo local con el escenario mundial. Sin ésta vinculación lo local es solo anecdótico en el campo de la creación y tutela de valores referentes.-

Considero que esa concepción – solo local - es errada ya que lo así construido - mediática y virtualmente - es más efímero; porque así no viven las personas “locales”. Más aún, viven a expensas de muchas expectativas no locales y, muchas decidieron irse – por ejemplo – a otros países, como prueba de lo que sostengo.

Emmanuel Kant, nació, vivió y murió en Koenisgberg, sin jamás viajar más allá de la ciudad en que estuvo toda su vida, y tuvo la visión de definir la razón del “ser”.- Y se planteó la “totalidad” desde lo local; pero esto no implica que se hace necesario tener la brillantez de Kant, que seguramente hubiera sido mayor si hubiera viajado para conocer otras sociedades y comunidades- Lo “local” no fue noticia en Kant, y le fue útil – no para hablar de ella – sino para posicionarse sobre todo el mundo del pensamiento, la reflexión moral y el análisis “de largo plazo”, hasta hoy.-

Un político demócrata de los EE. UU. realizó esta aseveración : “El terror jacobino de 1789 – 94 , llevo a las guerras napoleónicas que dominaron a Europa hasta la conclusión del Congreso de Viena, que sembró las semillas de las catástrofes que ocurrieron posteriormente.”- Esta aseveración que tiene naturaleza estratégica, es cierta?. Merece un análisis.

Los radiodifusores de FM pueden sustituir la falta de alcance con mas riquezas de contendidos y que están más allá de la potencia de la emisora. Creo que sus funciones están vinculadas a la creación de riqueza nacional “desde” sus posibilidades hacia el resto de la comunidad, inclusive creo que mas allá.- Creo que son referentes a consultar para que viertan opinión sobre la construcción de las política nacionales de radiodifusión al exterior y sobre políticas nacionales del sector, inclusive corporativamente , categoría esta que es necesario alcancen.-

Las decisiones políticas locales pueden ser muy importantes si son innovadoras e implican el tributo de otras comunidades, en eso radica él “construir” desde el mas noble de los servicios, que es como la Unión Internacional de Telecomunicaciones tipificó a la radiodifusión sonora, que incluso se impone cualitativamente a la televisión, ya que aquella capta solo uno de los sentidos y ésta no-solo dos, sino tambien a parte importante de una aptitud de análisis del medio y lo que soporta como información, como una especie de impunidad que impide la reflexión por su carga ecológica visual inútil para construir valores en su actual estética, y referentes, como si se diera por sentado que en Argentina no existen ni hombres sabios, ni valientes ni héroes. Y esto es falso, será funcional pero es mentira y si es mentira no servirá para construir nada valedero y perdurable.- Es funcional solo al congelamiento de lo existente, es funcional al “statu quo”, es funcional al decreto del “fin de la historia” social de Argentina.

“Tenemos una certeza, contamos con los recursos necesarios para enfrentar desafíos esenciales, lo que es incierto es cuanta sabiduría, voluntad, inteligencia y trabajo se concentrará en estos desafíos”, dice un importante documento ( 1 ).-

Con el crecimiento de la colonización de nuevas fronteras de las frecuencias radioeléctricas y de la ciencia y tecnología apta, tambien desgraciadamente se hará posible que números muy reducidos de personas puedan adquirir especialización para la disponibilidad de crear y utilizar armas que tengan aptitud de daño muy masivo .-

Un caos informativo puede llegar a obtener resultados no buscados : Así, los escenarios pueden llegar a ser percibidos como “el enemigo”, lo que realimenta el error y muchos tenderán a describir que entonces una especie de caos se podría instalar como escenario único del cual se espera que emerja un nuevo sistema de toma de decisiones. En esto radica el drama de la naturaleza de lo que se nos presenta como transnacional, transinstitucional.-

La disponibilidad de las nuevas herramientas para aumentar el rendimiento de personas o grupos : que el proyecto Nuevo Milenio ( 1 ) - ( “Estado del Futuro 2003”, traducción de Germán Gutierrez Zabala, Centro Latinoamericano de Globalización y Prospectiva ) define como a “la nanotecnología, biotecnología. Información tecnológica y ciencia cognitiva” empleadas en un cuadro de situación erróneo solo podrá complicar mas las cosas.

En mi opinión, estos son algunos de los desafío que enfrenta la radiodifusión sonora en Argentina, es decir, ser parte en la construcción de un discurso mas justo y ecuménico y esencial de lo que han denominado “Ciencias Cognitivas”, introduciendo desde Argentina la nobleza de una justa moral global y humana.-

"El avance de la tecnología..pareciera haber dejado en la obsolescencia el bien jurídico que tutela el Capitulo III, Título V del CódigoPenal, en especial a los artículos que se ocupan de la protección de los papeles privados y la correspondencia. Pero queda claro que el tan difundido "e-mail" de nuestros días es un medio idóneo, certero y veloz para enviar y recibir todo tipo de mensajes, misivas, fotografías, archivos completos, etc.; es decir, amplía la gama de posibilidades que brindaba el correo tradicional al usuario que tenga acceso al nuevo sistema."

En la ya famosa causa N º 10.839 incoada en el juzgado en lo Correccional N º 6 Secretaria 101, se ha considerado:

"El avance de la tecnología..pareciera haber dejado en la obsolescencia el bien jurídico que tutela el Capitulo III, Título V del CódigoPenal, en especial a los artículos que se ocupan de la protección de los papeles privados y la correspondencia. Pero queda claro que el tan difundido "e-mail" de nuestros días es un medio idóneo, certero y veloz para enviar y recibir todo tipo de mensajes, misivas, fotografías, archivos completos, etc.; es decir, amplía la gama de posibilidades que brindaba el correo tradicional al usuario que tenga acceso al nuevo sistema."

Continúa la Sala que entendió en el recurso de lra.instancia: " Es más, el correo posee características de protección de la privacidad más acentuadas que la inveterada vía postal a la que estamos acostumbrados, ya que para su funcionamiento se requiere un prestador del servicio, el nombre del usuario y un código de acceso que impide a terceros extraños la intromisión en los datos que a través del mismo pueden emitirse o archivarse."

"Sentadas estas bases preliminares, nada se opone para definir el medio de comunicación electrónico como un verdadero correo en versión actualizada".

"En tal sentido, la correspondencia y todo lo que por su conducto pueda ser trasmitido o receptado, goza de la misma protección que quiso darle el legislador al incluir los artículos 153 al 155 en la época de redacción del código sustantivo, es decir, cuando aún no existían estos avances tecnológicos"

"En el caso de autos la querella reprocha.......haberse apoderado indebidamente de una correspondencia para publicarla posteriormente, cuando no estaba destinada a tal fin. Esta habría sido enviada a través del correo electrónico definido precedentemente y por tales maniobras la parte se considera agraviada".

"La Sala entiende que la decisión del Juez Correccional, si bien solidamente fundamentada de acuerdo a su criterio es, por lo menos, prematura. En éste razonamiento e independientemente de las consideraciones que se efectúan en el alegato acerca de la colisión de bienes jurídicos en éste caso específico, sobre la libertad de prensa el Tribunal ya ha tomado posición en la causa Nros. 27.472 "Kimel, Eduardo G. Rta el l9-11-96 por lo que no se detendrá en ésta ocasión a efectuar consideraciones al respecto".

ANTECEDENTES CONVENIO "ATLANTIC CITY" AÑO 1947 TRAFICO RADIO

NORMATIVA NACIONAL E INTERPRETACIÓN DE NORMAS

ART 43 CN - LEYES 19.798 - 16.689 - UIT-R – MATERIA DE INTERPRETACION

NOTA PRELIMINAR: Debe tenerse en cuenta que los sistemas actuales inalámbricos cuyo trafico , en el caso de Internet, utilizan recurso espectral, punto a punto o punto zona, implican trafico de correspondencia por " e-mail".

Una numerosa y calificada delegación de Argentina participo de la reunión realizada en los EE.UU., oportunidad en que se estableció la necesaria tutela del secreto de las telecomunicaciones, en el denominado Reglamento de Radiocomunicaciones, como Anexo al Convenio con la Unión Internacional de Telecomunicaciones (Ley Nacional 23.478), relacionado con la Carta de Las Naciones Unidas (Art. 41). Desde entonces y en cada reunión internacional del Comité Consultivo Internacional de Radiocomunicaciones ( UIT-R), los delegados plenipotenciarios confirmaron y no se modifico lo atinente al secreto cuyo deber de tutelar corresponde a los Estados Miembros de la entidad.

Tratándose de enlaces de radio, debe tenerse en cuenta hoy que existe un importante trafico de datos (Internet) que utilizan sistemas inalámbricos, punto-punto o punto-zona ( spread spectrum : 2.486 giga hertz o en 5 giga hertz – y "alta densidad": por encima de 3.4 giga hertz y en más de 10 giga hertz )

La ley 19,798, hace referencia explicita a las acciones de interferencias (perjudiciales) o interceptación y regula que el Reglamento de Radiocomunicaciones forma parte del texto de la ley de Telecomunicaciones misma.

Debe tenerse también en cuenta, que en los servicios de transmisiones (emisión-recepción) se verifican formas de transmisión y modulación como spread spectrum (donde una comprobación técnica quizás solo permitiría verificar la existencia de "ruido"), frecuency hopping, ionospheric scatter propagation, tropospheric scatter propagation o por meteor burst, y otras de alcance intercontinental, contendiendo o no trafico encriptado oficial, de seguridad, de prevención de delitos, o de carácter privado legitimo o de servicios tipificados como abiertos al público o contendiendo información financieramente sensible, vinculando a personas físicas o jurídicas.

Es necesario distinguir que, la prohibición de desencriptar trafico de emisiones, por parte del control radioeléctrico, podría no impedir el desencriptado de recepciones y la localización topográfica de una emisión , en grados minutos y segundos, , en latitud y longitud, podría identificar a un emisor nacional o internacional.

Otra cuestión a encararse en una seria y profunda discusión multidisciplinaria, es en la dicotomía que se ha presentado con el nuevo texto que se ha impuesto con la reforma de la Constitución Nacional. El actual Articulo 43 de la CN, introduce al Amparo a una nueva jerarquía axiológica en lo jurídico, introduciendo el Articulo 1 de la pre existente Ley de Amparo 16.986 y se norma que puede ser objeto de tal amparo un Tratado Internacional (como lo es el de Radiocomunicaciones – UIT-R, confirmado en la Conferencia Estambul 2000), sin especificarse que podría SOLO REFERIRSE a los Tratados ,ahora, incluidos explícitamente en el nuevo texto de la CN, de forma tal que una estricta interpretación de la nueva norma constitucional puede extenderse a "todo" tratado", cuestión que debe dilucidar en un caso concreto la CSJN, órgano único interpretativo de la Carta Magna, más aún , cuando no se ha producido la reforma de la ley vigente Nº 16.986.

Podría prestarse la INTERPRETACIÓN de que una parte esencial de la ley de telecomunicaciones N º 19.798 (El Reglamento de Radiocomunicaciones promovido como Convenio Internacional en la Unión Internacional de Telecomunicaciones) sea objeto del nuevo Art. 43 de la Constitución; hecho inédito en la construcción de una ingeniería jurídica eficiente.

El fenómeno de la virtualidad no se encuentra adecuadamente contemplado en la realidad jurídica , fundamentalmente en lo que hace a los vínculos de los institutos que vamos mencionando en este trabajo.

LAS NUEVAS AMENAZAS

En importantes acuerdos de orden mundial en materia de seguridad, se han introducido los capítulos que se constituyen como las nuevas amenazas, entre las que se encuentran las narcogestiones, el lavado de dinero, las migraciones ilegales, etc y las posibilidades de las nuevas telecomunicaciones.

De éstas decisiones, adoptadas también como materia de trabajo por la Organización Internacional PROYECT MILLENNIUM (Argentina con sede en Buenos Aires, fue al inicio el único país latinoamericano que integra el grupo de análisis – integrado por un excelentísimo grupo de analistas - de nueve países miembros seleccionados), se instalarán necesariamente nuevas políticas y reformas de las existentes en materia de procedimientos de identificación de acciones criminales vinculadas a las nuevas perspectivas, como también se instalara la discusión sobre la necesidad o no de la modificación de las tipificaciones de conductas descriptas en el Código Penal en esta materia de las interceptaciones.

FACULTADES DE LOS JUECES EN NUESTRO CODIGO PENAL ARGENTINO

" Si el juez estimare que la interceptación de correspondencia ...pueda suministrar medios para comprobar los hechos, acordara su detención, apertura y examen, si los contenidos de la correspondencia interceptada expusieran una relación para comprobar hechos se conservaran como prueba durante el sumario " ( extracto del Titulo XVI del Código de Procedimientos en lo Criminal, sobre Interceptación de correspondencia escrita o y telegráfica (esta última puede ser alámbrica o inalámbrica, en el caso de inalámbrica el código binario es un código telegráfico, cualesquiera sea el tipo de modulación y cobertura- punto a punto o punto zona o cursada por fibra óptica).

Con respecto a los artículos 153 a 155 del Código Penal, la tipificada "apertura, apropiación indebida ;supresión o desviación del destino" no implica que el sujeto activo se entere del contenido de la correspondencia, el verbo "suprimir" no tiene en la norma el significado de "destruir", la sola interceptación consuma el delito, con indiferencia del "valor" de los contenidos sustraídos o interceptados, tampoco interesa que el hecho reprochable ocasione o no daño al destinatario o remitente, el delito es naturaleza formal y de acción privada.

La comisión del delito es agravado, cuando se comete por un abuso del empleo u ocupación del sujeto activo y éste o se impusiera de su contenido, o la entregare, o comunicare a otro distinto al destinatario, o la suprimiere , o la ocultare o cambie su texto. Aquí la acción es pública y también comete el mencionado abuso aunque la remitiera al destinatario luego de enterarse de su contenido; el "retener" es delito también, constituyéndose además el concurso ideal de delito si no se entrega e introduce señales o firmas de "su puño y letra" como un acuse de recibo del destinatario.

La comisión de "violación" de correspondencia del empleado de "correos", cuando éste, como sujeto activo, se entera de contenidos y permite luego que se remita la correspondencia a sus destinatarios.

Para que se produzca la "publicación indebida de correspondencia", se concibe que previamente el sujeto activo se halló en "posesión" de una correspondencia "no" destinada a la publicidad, le esté o no dirigida a él. Aquí, la acción penal es privada.

También podría concurrir el caso, en que el "conocimiento indebido" pueda propiciar sanciones contra el Estado Argentino, de acuerdo a la naturaleza del contenido y / o emisor y receptor, lo que implica la tipificación de otra conducta criminal.

EL DEBATE QUE SE INSTALA

LOS IPS Y LICENCIATARIOS SE ASIMILARAN A UNA NORMATIVA ESPECIFICA Y CORRESPONDIDA AL DEL LICENCIATARIO DEL "CORREO POSTAL"?

EL PERSONAL DE LOS IPS ,SE ASIMILARAN A LAS TIPIFICACIONES DE ABUSO DE EMPLEADO DE CORREO, COMO FIGURA AGRAVADA?

ES NECESARIO REGULAR ESPECÍFICAMENTE LA INTERCEPTACION DE CASILLAS DE E MAIL POR ORDEN JUDICIAL?

PUEDE EXTENDERSE LA INTERVENCIÓN JUDICIAL A "TODO" EL SERVER?

LOS IPS PODRAN SER RESPONSABLES DE DESVIO DE CORRESPONDENCIA O LA LECTURA NO AUTORIZADA DE LAS "HUELLAS" QUE DEJAN LOS TRAFICOS?

ES NECESARIO REGULAR EL ENCRIPTADO?. A QUE NIVEL NORMATIVO?

PUEDEN O DEBEN LOS JUZGADOS DISPONER DE OFICIO DEL ESTADO DE LA TOPOLOGÍA DE UNA RED FÍSICA O INALÁMBRICA VINCULADA A LOS SERVICIOS DE INTERNET PARA DECIDIR LA DIRECCIÓN DE UNA INVESTIGACIÓN?

DEBEN REALIZARSE ACTIVIDADES DE INTELIGENCIA ESTRATEGICA EN TELECOMUNICACIONES ¿ ( NO ME REFIERO AL "SIGINT"). Y SI FUERA NECESARIO, DE ACUERDO A LA NUEVA REALIDAD MUNDIAL: EN QUE AMBITO?

ES NECESARIO QUE LA GESTION SENSIBLE DE GOBIERNO SE REALICE EN REDES ENCRIPTADAS? , SI FUERA NECESARIO, INCLUSIVE EN DETERMINADOS FUEROS DE LA JURISDICCIÓN JUDICIAL: QUE ORGANISMO DEBE ASUMIR ESTA RESPONSABILIDAD?

SE HACE NECESARIO ENCRIPTAR EL TRAFICO RADIOELÉCTRICO MOVIL Y FIJO DE LA AUTORIDAD PREVENTIVA EN MATERIA DE SEGURIDAD ?

NUESTRAS NECESIDADES ACTUALES Y FUTURAS, HARAN NECESARIO RECATEGORIZAR Y REVISAR LAS FUNCIONES Y OBJETO DE LAS ACTIVIDADES DE RADIOAFICIONADOS EN EL USO DE REPETIDORAS ?

ACASO EL USO DE “REPETIDORAS” EN EL TRAFICO DE RADIOAFICIONADOS NO CORRESPONDE A UNA SUERTE DE INDUSTRIALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD DEL “AFICIONADO” DESVIRTUANDOLA?

Me permito dejar planteados estos interrogantes y los demás aspectos que planteo, como un aporte para que, alguien con la suficiente entidad, asuma la iniciativa de instalar en nuestro país una discusión y debate organizado, lo suficientemente extenso, denso y meticuloso , que nos permita construir iniciativas a favor del bienestar, la creatividad y la dignidad de los argentinos; pero, si corresponde en el tema hablar de lo que se denomina interceptación de telecomunicaciones, que es una actividad radioeléctrica pasiva en la cual no se emiten señales, en cambio en la interferencia, que es una actividad radioeléctrica activa, si se emiten señales las que pueden ser individualizadas y localizadas por radio monitoreo.-

Respecto a las interceptaciones, en mi opinión la Unión Europea fue la entidad cuyo parlamento emitió el documento mas importantes de la última década, esta es una síntesis muy apretada de su extensa toma de posicion en el tema:

POSICION DEL PARLAMENTO DE LA UNION EUROPEA RESPECTO A INTERCEPTACIONES CLANDESTINAS, dice el documento oficial :

“Las medidas de impulso de la autoprotección de los ciudadanos y de las empresas

27. Insta a la Comisión y a los Estados miembros a que informen a sus ciudadanos y empresas sobre la posibilidad de que sus comunicaciones internacionales puedan ser interceptadas en determinadas circunstancias; insiste en que esta información vaya acompañada de una asistencia práctica para el diseño y la puesta en práctica de medidas globales de protección, incluida la seguridad de la tecnología de la información;

28. Pide a la Comisión, al Consejo y a los Estados miembros que desarrollen y apliquen una política eficaz y activa para la seguridad en la sociedad de la información; insiste en que en el marco de esta política se preste atención especial al incremento de la toma de conciencia de todos los usuarios de los sistemas modernos de comunicación en cuanto a la protección de la información confidencial; insiste además en el establecimiento de una red de agencias coordinada a escala europea que pueda proporcionar asistencia práctica para el diseño y la puesta en práctica de estrategias globales de protección;

29. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que adopten medidas adecuadas para impulsar, desarrollar y producir tecnologías y programas informáticos europeos de encriptación y, en particular, que apoyen proyectos que tengan como objetivo el desarrollo de programas de encriptación fáciles de usar y cuyo código fuente sea público;

30. Insta a la Comisión y a los Estados miembros a que fomenten los proyectos de programas informáticos de código fuente abierto, ya que éste es el único modo de garantizar que no ofrezcan "puertas traseras" que puedan hacerlos vulnerables;

31. Pide a la Comisión que determine la calificación del nivel de seguridad de los programas informáticos destinados al intercambio de correspondencia electrónica, clasificando los programas cuyo código fuente no sea público en la categoría menos fiable;

32. Insta a las instituciones europeas y a las administraciones públicas de los Estados miembros a que encripten sistemáticamente sus mensajes electrónicos para que, a la larga, esta práctica se convierta en norma habitual;

33. Solicita a las instituciones comunitarias y a las administraciones públicas de los Estados miembros que prevean la formación de su personal y la familiarización del mismo con las nuevas tecnologías y técnicas de encriptación mediante la realización de las prácticas y cursos de formación necesarios;

34. Pide que se preste una atención especial a la posición de los países candidatos; pide que se les preste apoyo si no pueden prever las necesarias medidas de protección como consecuencia de la falta de independencia tecnológica;

Otras medidas

35. Insta a las empresas a que colaboren más estrechamente con los servicios de contraespionaje y a que, en particular, les comuniquen los ataques procedentes del exterior con fines de espionaje industrial, para aumentar el grado de eficacia de estos servicios;

36. Pide a la Comisión que encargue la elaboración de un análisis de seguridad para determinar qué es lo que debe protegerse y el desarrollo de unas estrategia de protección;

37. Insta a la Comisión a que ponga al día su sistema de encriptación, ya que es urgentemente necesario modernizarlo, y a la autoridad presupuestaria (el Consejo junto con el Parlamento), a que asigne los recursos necesarios para ello;

38. Pide a la comisión competente que elabore un informe de propia iniciativa sobre la seguridad y la protección del secreto en las instituciones europeas;

39. Insta a la Comisión a que garantice la protección de los datos en su propio sistema de tratamiento de datos y a que intensifique la protección del secreto de los documentos que no sean públicos;

40. Insta a la Comisión y a los Estados miembros a que inviertan en nuevas tecnologías de encriptación y desencriptación, en el marco del VI Programa marco de investigación;

41. Pide que, en caso de distorsiones de la competencia como resultado de ayudas estatales o uso económico indebido del espionaje, los Estados perjudicados informen de ello a las autoridades y órganos de control del Estado a partir del cual se desarrollan tales actividades distorsionadoras con vistas a poner fin a las mismas;

42. Pide a la Comisión que presente una propuesta para establecer en estrecha cooperación con la industria y los Estados miembros una red coordinada a escala europea de oficinas europeas de asesoramiento -en particular, en aquellos Estados miembros en los que todavía no existan tales oficinas- en materia de seguridad de la información empresarial que tenga como misión elevar el grado de sensibilización ante el problema y proporcionar ayuda práctica;

43. Considera conveniente organizar un congreso internacional sobre la protección de la vida privada frente a la interceptación de las telecomunicaciones, con el fin de crear una plataforma en la que las ONG europeas, de los Estados Unidos y de otros Estados puedan debatir aspectos transfronterizos e internacionales y coordinar ámbitos de actuación y procedimientos.

44. Encargar a su Presidenta que transmita la presente resolución al Consejo, a la Comisión, al Secretario General y a la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros y de los países candidatos a la adhesión, a los Estados Unidos, Australia, Nueva Zelanda y el Canadá”.

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Y, TRANSCRIBO SOLO ALGUNAS DE LAS NOTAS DEL DOCUMENTO QUE CONSIDERO DE IMPORTANCIA:

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“Tra bajos concluyentes y recomendaciones en la UE en el ámbito de la interceptación de las comunicaciones.-

Generalidades

Con la introducción de un título relativo a la política exterior y de seguridad común en el Tratado de la Unión Europea se creó la posibilidad de colaboración entre servicios de inteligencia a nivel europeo. Pero hasta ahora aún no se ha hecho uso de la misma.

En la medida en que en el marco de la UE existen normativas y trabajos en el ámbito de la “1nterceptación” de las comunicaciones, afectan exclusivamente al ámbito penal, esto es, a la cooperación en los asuntos de la justicia y de interior

Limitación de la competencia de la UE a reglamentaciones técnicas

La regulación de la admisibilidad de las escuchas actualmente corresponde en exclusiva ala competencia de los Estados miembros. Con arreglo al principio de la habilitación restringida, la VE solamente puede actuar cuando se le reconocen competencias con arreglo a los Tratados.

Ahora bien, el título VI del Tratado de la Unión Europea "Disposiciones relativas a la cooperación policial y judicial en materia penal" no prevé esta competencia. En el ámbito de la cooperación policial (apartado I del artículo 30 del Tratado ) está previsto exclusivamente un procedimiento común para aspectos operativos, es decir, los que afectan al modo de ejecución de los trabajos policiales. En el ámbito de la cooperación judicial, en el marco del procedimiento común la letra c) del artículo 31 prevé, en términos bastante generales, "la consecución de la compatibilidad de las normas aplicables en los Estados miembros", pero ello solamente se admite "en la medida necesaria para mejorar dicha cooperación", es decir, se orienta a normativas específicas de la cooperación. y la aproximación de normas de los Estados miembros en materia penal" del último guión del artículo 29 se limita al establecimiento de disposiciones mínimas sobre elementos constitutivos de los delitos" (letra e) del artículo 31 ).

En síntesis, es posible constatar que la regulación de la cuestión sobre las circunstancias en que es admisible la ejecución de medidas de vigilancia sigue estando reservada al Derecho nacional. El ponente no conoce tampoco intentos de los Estados miembros que afecten a esta competencia exclusivamente nacional.

Por consiguiente, la cooperación entre los Estados miembros sobre la base de los Tratados de la UE no puede darse más que en la cuestión de la ejecución de medidas de vigilancia admisibles

de conformidad con el Derecho nacional, esto es, en un nivel inferior. En los casos en los que la interceptación de las telecomunicaciones está permitida sobre la base del ordenamiento jurídico nacional, el Estado miembro de que se trate puede solicitar la ayuda de los demás Estados

miembros para su realización técnica.

Que la simplificación técnica perseguida, que sin duda hará mayor la eficiencia de las escuchas transfronterizas de tipo penal en el ámbito de la delincuencia organizada, deba considerarse positiva o negativa.”

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“Interlocutores en viajes consultados por decisión del parlamento de la Union Europea :

Viaje del presidente y el ponente a París, 18 y 19 de enero de 2001 Jean-Claude MALLET, Secretario General de SGDN

Bertrand DUMONT, General de d la Fuerza Aérea, Secretario General Adjunto, SGDN Claude-France ARNOULD, Directora de Asuntos Internacionales y Estratégicos, SGDN

Henri SERRES, Director encargado de la seguridad de los sistemas de información, SGDN Stéphane VERCL YTTE, Consejero de asuntos jurídicos y europeos, SGDN Philippe DULUC, Consejero de asuntos científicos y técnicos, SGDN

Gérard ARAUD, Director de Asuntos Estratégicos, Ministerio de Asuntos Exteriores Olivier MOREAU, Director de Seguridad, Ministerio de Asuntos Exteriores Eric PERRAUDAU, Consejero, Ministerio de Defensa Jean-Pierre MILLET, abogado

Viaje del presidente y el ponente a Londres, 24 a 26 de enero de 2001

Tom KING, Presidente de la Comisión de Inteligencia y Seguridad, Cámara de los Comunes Alistair CORBETT, Jefe de la Secretaría de la CIS, Cámara de los Comunes

v Donald ANDERSON, Presidente de la Comisión de Asuntos Exteriores, Cámara de los Comunes

Bruce GEORGE, Presidente de la Comisión de Defensa, Cámara de los Comunes Jack STRA W , Secretario de Estado del Ministerio del Interior

Michael GILLESPIE, Coordinador de los servicios de seguridad Charles GRANT, Director, Centre for European Reform Casper BOWDEN, Director de FIPR

Viaje de la mesa de la comisión, los coordinadores y el ponente a Washington D.C., 6 a 12 de mayo de 2001

Günter BURGHARDT, Jefe de la Delegación de la Comisión en Washington D.C. James WOOLSEY, ex Director de la CIA

Jeffrey RICHELSON, Director, Archivo Nacional de Seguridad, Universidad George Washington

Marc ROTENBERG, Electronic Information Privacy Centre Wayne MADSEN, Electronic Information Privacy Centre David SOBEL, Electronic Information Privacy Centre

Barry STEINHARDT, Director adjunto, American Civil Liberties Union '---' Porter J. GOSS, Presidente de la Comisión de Inteligencia

Ms Nancy PELOSI, Vicepresidente de la Comisión de Inteligencia

Robert DA VIS, Asesor adjunto del Servicio de Examen de la Política de Inteligencia, Ministerio de Justicia de los EE.UU”

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LA CLANDESTINIDAD EN LA ARGENTINA

Generalmente este ilícito esta siendo vinculado solamente a la clandestinidad en materia de radiodifusión sonora y en algunos casos puntuales en radiodifusión televisiva.- Nuestra Corte Suprema de Justicia ha decidido sin criticas en el tema por parte de la doctrina, que existe clandestinidad en la materia no por lo oculto de un accionar, sino por la ausencia de autorización previa para emitir. En otros caso, se aplica esta tipificación cuando la falta de autorización se realizara para emitir y recibir señales que utilizan un bien intangible, la s frecuencias radioeléctrica y tambien nuestra legislación vigente ha señalado que en materia de defensa de la competencia, en algunos servicios, solo esta permitido que un prestador solo pueda obtener un máximo de ancho de banda de este recurso, como en el caso de los Servicios de Telefonía Móvil, que comúnmente se denominan servicios de telefonía celular, donde el ancho de banda máximo permitido por prestador es de 50 mega hertz, inclusive, se realizan evaluaciones para determinar si este límite puede ser vulnerado por medio de “acumulaciones de espectro de frecuencias radioeléctricas” por medio de sociedades controlantes, sean estas de capital argentino o no; porque sostengo esto?, porque la técnicamente denominada “acumulación” de frecuencias radioeléctricas en determinadas bandas constituye en actividad que llega al monopolio de determinado recurso, en el caso, las aptitudes tecnológicas de emitir a distancia por vias inalámbricas en una historia muy cambiante de pluralidad de prestadores.-

En materia de radiodifusión, la actividad del estado en Argentina se agota en el desapoderamiento definitivo de los equipos y elementos que constituyen a la estacion calificada y declarada como clandestina, es decir, en comiso de ellos, sin que se vaya más allá, aún cuando se trata de un uso clandestino de un recurso finito e intangible de enorme valor económico, en mi opinión debería existir en el seno de los organimos que tienen las facultades de Autoridad de Aplicación o de Autoridad de Control, al menos un Registro de estos infractores e imponerse las multas actualizadas que están congeladas a valores del año 1944 ( Decreto Ley N º 33.310 / 44, Artículo 81 , ratificado por la Ley N º 13.030 y lo normado en la ley N º 19.798, artículos 6º y 36º ) sin que hasta la fecha se hubiera reparado en el valor pecuniario de esta sanción por el uso del “dominio público de estado” sin autorización previa, lo que es algo así como ocupar una carretera o una autopistas, hecho que hoy preocupa a tantos de los ciudadanos de Argentina.

En mi opinión, la sanción por uso de este tipo de recursos en forma clandestina, es mucho mas que un cuasi delito, es un delito y el bien jurídicamente tutelado es el “derecho al acceso” que es de naturaleza netamente patrimonial, mas allá de un clic del “mouse” y de la sintonía de un seleccionador de frecuencias – el dial - , en condiciones regladas por los tratados internacionales en que Argentina es parte y como tal creo que la legislación y la doctrina penal debería recepcionar esta reflexión que bien se merece algunas horas nuestra comunidad, la seguridad en el tráfico jurídico comercial , y la tutela de los emprendedores en este nuevo logos de nuestro tiempo, que es la comunicación en todas sus formas, como lo regula la Unión Internacional de Telecomunicaciones y su oficina especifica que es la UIT – Radiocomunicaciones.-

EL NUEVO TÓTEM

La era de la información ( y la desinformación también ).-

Se la denomina así, no por la existencia de la información misma, - que siempre la hubo - sino por el acceso nuevo y automático que requiere disponer de una nueva y sofisticada aptitud para tomar razón de ella, en un caudal y velocidad cuasi masivo y sucesivos de hechos o acontecimientos, por una enorme cantidad de personas, en gran cantidad de lugares – personas y lugares muy particulares y donde en varias circunstancias se deben adoptar decisiones que afectarán a muchas otras personas, quizás a comunidades enteras--, casi simultáneamente y la enorme dificultad de poder explicarlos secuencial y coherentemente desde aquellos espacios, instituciones u organizaciones de quienes se espera lo hagan, así lo “espera” la gente.

Y lo “espera” de una forma pretérita, no de una forma nueva. Porque carece del nuevo metabolismo que los nuevos instrumentos requieren para una traducción bidireccional certera de los acontecimientos o decisiones propias o de terceros.

Circunstancias éstas que provocan un desborde, o desorientación o confusión de las propias aptitudes personales de tratar de organizar la misma de forma tal, que nos sea útil y no una desorganización de los propios recursos, materiales o intelectuales.

Los acontecimientos que se suceden con simultaneidad, no pueden ser descriptos así, sino secuencialmente y, el “orden” de esa secuencia, según la naturaleza del “dato”, puede condicionar la comprensión certera de la totalidad de los acontecimientos y quizás desdibujar el hecho de la simultaneidad, que es un dato esencial en determinadas circunstancias.

La simultaneidad puede ser el índice de la existencia de lo premeditado o planificado. Es quizás un elemento de la “sorpresa”. Puede ser el hecho que desnuda, como un strip tease, a una política. Es decir, a medidas y acciones de gobierno o de conquistas de poder.

La simultaneidad puede ser organizada, como también lo secuencial. Lo temido, es que cualesquiera de ambas se aborden con el propósito de imponer una voluntad a otra. En lo individual, en lo comunitario, en lo internacional; todo en el centro de la vorágine del procesamiento no dislocado de lo que esta sucediendo, mientras se construyen alternativas, solo un segundo detrás, - pero con ultra actividad - unas prognosis para poder decidir el que hacer y el como y el con que. Y fundamentalmente, con quien o quienes.

Entonces, nace una nueva burocracia. La que está en condiciones de realizar lo dicho. Ultra especializada y, con un grave peligro. La ultra subjetividad como desviación profesional. Y, es en esa coyuntura donde se instala lo multidisciplinario. Como reaseguro para decidir y con mas certeza, nunca la suficiente, pero sí asintótica.

No importa la verdad, si importa conocerla para tenerla en cuenta. Importa la certeza de la propia decisión. Porque la verdad puede ser inútil para tutela de los intereses. Como no lo es en la física el concepto de sólido indeformable o del “punto que tiene masa”, conceptos éstos falsos pero útiles para construir y obtener resultados tangibles.

No existe una doctrina de la información, existe una utilidad o inutilidad de la misma para extraerle conocimiento y , en libertad.-

Lo justo o lo injusto no se extrae de los instrumentos, sino del propósito y los resultados de quien los manipula. No se deben destruir las computadoras y los sistemas rápidos. Se deben poner en manos de gente mejor. No por su ciencia, sino por sus espíritus. La tenencia del instrumento no me legitimiza como justo, sino como poseedor de poder. Es decir, la verdad y lo justo pueden ser ajusticiados. Pero jamás ocultados. La perdurabilidad de lo que es justo y de lo que es la verdad es lo que el talento es a las nuevas maquinas. Aquel contiene a éstas y aquel desborda a éstas.

Tal es así, que siempre el talento puede crear mejores máquinas, y sistemas y maquinas y sistemas que el talento las organiza para que reproduzcan mejores edades tecnológicas. Pero siempre subordinadas al talento. Que es el más formidable recurso que podamos organizar hoy los argentinos.

Y, en mi opinión, esta es hoy la tarea fundamental y decisiva del sistema de inteligencia de nuestro país.

Porque es necesario. Es la razón de ser primera en la construcción de nuestra nación. En la vorágine actual de la catarata de la información, debemos articular un nuevo metabolismo en el seno de una nueva burocracia de decisiones. Y, simultáneamente, desbrozar en la realidad lo que es información y lo que es la desinformación. Y servirnos de ambas, con el propósito de obtener resultados. En el corto, mediano y largo plazo. Sin prejuicios. Sin confundir los medios con los fines. Sin pausa, sin todos los recursos y si, con todo el talento de todos.

En el transcurso de esa tarea existen verdades indubitables: tutelar la integridad territorial de la nación Argentina, construir una coherencia entre nuestra vida y comunidad doméstica y la circundante en ésta parte sur del mundo, como un correlato lógico y coherente, sin apartheid, y desde éste escalón, también con simultaneidad una coherencia con el continente que son las Américas.

El orden en que lo he expresado, en muchos aspectos no es el orden de las ejecuciones de proyectos, políticas y decisiones. En cada aspecto primará una dirección y un sentido, y una densidad de la actividad quizás distinta y gradual pero, previsible. La previsibilidad es fundamental para la propia confianza y la todas las demás comunidades.

La fascinación de los instrumentos no podrá acallar ni sustituir lo sustancial. Pero es necesario conocerlos y organizarlos para lo que exige un proyecto de país y de comunidad para esta década inicial y crucial donde, es posible que se modifique por primera vez en casi dos siglos, el mapa político de América. Si ocurre, que sea a nuestro favor. Esto hay que decirlo, procesarlo, discutirlo, y decidir.-

INTERNET Y LA DEFENSA NACIONAL.-

Podría ingresar a una enumeración de sueños, deseos y emociones convocantes, sanas, sin embargo es necesario que nos introduzcamos en algunos de los posibles problemas más graves de los que nos acontecen. Todo objetivo de naturaleza estratégica implica un contra objetivo, éste son los hechos que obstruyen lo perseguido por el esfuerzo y el talento – en muchos caso, el que se permite, porque somos argentinos – de la sociedad. Ser ingenuo, considerar un camino plácido solo sembrado de esfuerzo y reclamo de creación y algo de talento, es demasiado simple y quizás incursione en lo teológico.-

Pero no dibujaré los hechos colisionantes, como atentados, sabotajes, desinformación, colapsos políticos, perturbaciones electorales o huelgas masivas, renuncias que conmocionen, defaults políticos o psicosociales, sino algo muy distinto, que si podría ser una situación consecuencia de causas que cada uno podrá inferir.

En mi opinión, este es un tema que se debe abordar en el marco de lo que se denomina la Defensa Nacional y, no contiene elemento bélico alguno. Esta es una de las preocupaciones que me persigue desde hace años.

Y no encuentro interlocutores para arribar a una discusión seria de la cual se pueda construir una solución que nos permita enfrentar un futuro donde los siete temas hermosos y, quizás utópicos, que al inicio he planteado se ven quebrados por esta no tan hipotética catástrofe. Desearía llegar a conocer cual es el lugar al que me debo dirigir para hablar de estas cosas que, para muchos son secundarias, y discutir sobre ellas y escuchen los que algo puedan hacer; yo, solo puedo hacer esto, reflexionar y escribir lo que siento, percibo y me imagino, por lo que sucede en el mundo. Espero sirva a alguien. Y espero poder conocerlo porque creo que

Argentina hemos vivido desde hace décadas una especie de “default” de la información útil y generosamente distribuida

Cuando se habla de “Defensa Nacional”, casi siempre y casi todos miran hacia actitudes bélicas. Esto es una deformación cultural muy seria, Es una visión corto placista, corporativa y egoísta. Y que fue alentada y cobijada por quienes obtuvieron bienes y derechos construidos desde lo que consideraron mostrenco, ya sea porque detentaron poder para hacerlo o porque se adueñaron de él en puja contra el pueblo que desunieron para mejoría de sus propósitos, y con complicidades vergonzantes de quienes asumieron para traicionar la voluntad del pueblo, por el pueblo y para el pueblo argentino.

Defensa, a escala Nacional, es la tutela de los derechos y obligaciones y principios pétreos esenciales y definitivos Constitucionales de la Nación Argentina, la que incluye el componente militar como segmento que integra la aptitud del monopolio del poder y de su ejercicio por parte de las autoridades constitucionales de la Argentina para tutela de los bienes de los habitantes del país y tutela de ellos mismos, como personas y como familias y como comunidades que se integran en comunes denominadores que todos reconocen como tales y en su naturaleza.-

Frente al, horror de nuestra desocupación de millones y las necesidades de gran parte del pueblo argentino, están los que se niegan a recordar que ya hace 25 años se conoció detalladamente lo que las llamadas nuevas tecnologías implicaban para la destrucción del trabajo tradicional argentino.

No existió la osadía ni el coraje civil, ni la actitud de gallardia de poner sobre la discusión publica lo que ello significaba. Significaba el principio del fin de las fabricas con chimeneas, significaba que nuevas formas de creación de riquezas de naturaleza mas intangibles se estaban imponiendo. Significaba que la robotización de las líneas de producción ya no reconocían la necesidad de personal, la necesidad del trabajo horario de la legislación laboral, las plantas más esenciales trabajaban ya todas las horas del día, todos los días, todo el año, sin sindicatos, casi sin gente, sin obras sociales, sin huelgas, sin gastos de luz, sin comisiones internas, sin descanso con un nivel de productividad que paso de un crecimiento geométrico a exponencial. Se acelero la velocidad del cambio .-

Y no se tomaron previsiones. Descabelladamente se ocultó lo que ahora soportamos. Hubo una ausencia total de la Defensa Nacional, ésta no existió en el campo de la cultura cotidiana y académica universitaria de Argentina, se la lapido en silencio y sigilosamente en tutela de intereses temporarios con efectos definitivos en la vida y salud de la gente.

Contribuyeron al desastre conducciones de todo tipo, corporativas, políticas y sindicales corrompida, recorriéndose un camino que quedó cubierto de heridos y cadáveres y familias destruidas. Y la gente identifico, y aún hoy, al concepto de la Defensa Nacional con esa situación de actividad bélica y no educativa entonces contribuyéndose a un futuro a costa de lo que es el hoy. Entonces se nos presentó Internet, que no tiene ni accionistas ni marco regulatorio. Pero, sI tiene dominios.-

DR JUAN DE DIOS ROMERO

Buenos Aires, Argentina

juandediosromero@hotmail.com

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