Los puntos clave de la reforma laboral operada en España
Con la reforma laboral operada, la aspiración del Gobierno era abordar los cuatro grandes aspectos que eran considerados necesarios para incidir sobre los defectos intrínsecos de nuestro modelo.
Por ello en primer lugar, se toman medidas para reducir la dualidad laboral. Se ponen límites más férreos a la contratación laboral y se reduce la rigidez de la modalidad indefinida. Se pretende con ello mitigar la acusada destrucción de empleo en tiempos de crisis, la cual contrarresta todas las metas alcanzadas en tiempos de bonanza económica. Personalmente me gusta bastante una definición que en su día escuche de un especialista en la materia, quien representaba el paro en España como una foto estática de una habitación en la que incesantemente entra y sale gente. Como abogado laboral creo que la nueva normativa cuando menos trae consigo congruencia entre las diferentes modalidades de contratación que con anterioridad se mostraban claramente inconexas.
De otra parte se flexibiliza la negociación colectiva, previéndose la posibilidad de descuelgue respecto a las subidas salariales negociadas por convenios colectivos de nivel superior, dando respuesta a una vieja pretensión de la PYME.
También se modifica y mejora la intermediación laboral abriendo el campo las ETTs, de cuya presumible profesionalidad se ha de esperar bastante a la hora de una promoción proactiva del empleo.
Y por último se actúa discretamente sobre el sistema de desempleo para que no desincentive la búsqueda de trabajo.
Buenos propósitos sin duda, pero carentes de virtualidad e implementación práctica, procedimentalmente traen consigo nada nuevo para los abogados laborales. Mientras nuestros juzgados de lo social tengan que revisar la buena fe en el uso de las posibilidades brindadas como recurso recurrente, nada habremos avanzado. Todo lo contrario.
Como abogado laboral entiendo que la reforma del orden era el verdadero punto de apoyo sobre el que incidir, y ésta únicamente ha sido abordada tangencialmente por la reforma procesal conocida bajo el lema de la “ nueva oficina judicial “. Ciertamente creo que el problema es práctico y no teórico.

Rafael Linares Membrilla. Abogado.





































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