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Quejas y reclamaciones de la calidad del producto

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El Código establece unos plazos breves de denuncia del vicio o defecto de calidad, con la finalidad de que el vendedor pueda enterarse en un término breve que la operación ha concluido. En cuanto al plazo de denuncia debemos distinguir:

Que se trate de vicios, defectos de calidad o cantidad que sean aparentes, esto es, que puedan ser conocidos por el comprador al recibir las mercancías En este primer caso el comprador debe denunciar los vicios o defectos en el acto de la entrega si examina la mercancía ¡, pues si no hace denuncia en este momento, el comprador pierde todo derecho a reclamar por esta causa. El examen puede ser voluntario u obligatorio en el caso de que el vendedor lo exija. Si el comprador no las examina en el acto, por estar embaladas, dispone de un plazo de cuatro días desde que las recibió para hacer la denuncia de los vicios o defectos

Si éstos son internos, o sea, cuando los vicios o defectos no sean reconocibles en el examen de la cosa en el momento de la entrega, el comprador tiene un plazo de treinta días a partir de ésta para denunciarlos. Estos plazos pueden ser modificados por la voluntad de las partes.

La denuncia debe hacerse al vendedor o a su representante de cualquier forma, porque lo importante es que el comprador ponga en su conocimiento sudisconformidad con la prestación efectuada.

Los efectos de la denuncia radican en que el comprador conserva la acción para reclamar contra el vendedor. Si los vicios son aparentes el comprador puede solicitar la resolución del contrato o su cumplimiento y en cualquiera de los casos la indemnización de los daños y perjuicios. Si se trata de vicios ocultos el comprador podrá ejercitar las acciones reconocidas en este caso por el C.C en el término de seis meses contados desde la entrega.

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